El Tribunal de Apelaciones y Consultas del Primer Circuito Judicial confirmó un fallo del Juzgado Cuarto Municipal, que concedió un sobreseimiento provisional a favor del expresidente Ernesto Pérez Balladares por delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, en perjuicio del exlegislador Manuel De la Hoz.
El fallo, fechado el 14 de agosto pasado y con la firma de Georgina Tuñón y Enrique Pérez, mantuvo una decisión del juzgado emitida el 25 de octubre de 2013.
De la Hoz acusó a Pérez Balladares y al exministro de Vivienda Roosvelt Thayer de haber grabado, sin su autorización, una serie de conversaciones en el año 2006, en las que se hicieron comentarios sobre el supuesto pago de sobornos para la aprobación, por parte de la Asamblea Nacional, del contrato del Centro Multimodal, Industrial y Servicios (Cemis).
En su decisión, los magistrados sostienen que en el expediente no existen pruebas que acredite quién fue la persona que realizó las grabaciones ni quién las llevó al diario La Estrella de Panamá, que las reprodujo.
Plantean que estos hechos resultan insuficientes para endilgarle al exgobernante el hecho punible investigado, por lo que corresponde mantener la decisión asumida por el Juzgado Cuarto Municipal, no sin advertir que el sumario puede ser reabierto si se presentan nuevos elementos probatorios.
Entre sus consideraciones, el tribunal también establece que la grabación por una de las personas que sostienen una conversación, cuando una de ellas desea guardar constancia fidedigna de lo conversado, no constituye una invasión a la intimidad o espacio privado de la persona.
A la vez, señala que cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos ante varias otras, sabe de antemano que se despoja de su intimidad.
