Fallo que retira asilo a María del Pilar Hurtado está en firme

El pasado 29 de mayo, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el asilo otorgado a la exjefa del DAS.

Fallo que retira asilo a María del Pilar Hurtado está en firme
María del Pilar Hurtado está sindicada en Colombia por varios delitos. EFE/Archivo.

El fallo que declaró inconstitucional el asilo otorgado a la exdirectora del Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia (DAS) María del Pilar Hurtado se encuentra en firme, confirmó la Corte Suprema de Justicia en la resolución que niega dos aclaraciones de sentencia.

La Corte Suprema, al resolver una aclaración de sentencia presentada por la procuradora, Ana Belfon, y Raúl Olmos, abogado de Hurtado, sostiene que el artículo 995 del Código Judicial expresa que: “una resolución queda ejecutoriada o firme cuando no admite dentro del mismo proceso ningún recurso, ya porque no proceda o porque haya sido interpuesto dentro del término legal”.

También plantea que el artículo 206 de la Constitución, en su numeral 6, es enfático al señalar que, “las decisiones de la Corte en el ejercicio de sus atribuciones señaladas en este artículo son finales, definitivas, obligatorias, y deben publicarse en la Gaceta Oficial”.

En ese sentido, destaca que las aclaraciones de sentencia examinadas no suspendieron la ejecución de la sentencia emitida el 29 de mayo de 2014, que quedó en firme después de transcurridos los tres días de realizada su notificación hecha al Ministerio Público como al demandante el 19 de junio de 2014.

El pleno de la máxima corporación de justicia advirtió de que cualquier petición presentada que no se enmarque en las normas citadas, es un desvío de los propósitos fijados, por lo que, de ser atendidas, se desnaturalizan las decisiones de la Corte.

En este caso, el pleno sostiene que la aclaración de sentencia no es el mecanismo idóneo para revocar o modificar la decisión dictada, por tanto no puede ser utilizada como otra instancia en la cual se pueda atender la disconformidad de los solicitantes con la sentencia expedida.

Voto razonado

Los magistrados Harry Díaz y Gabriel Fernández expresaron compartir la decisión adoptada por el resto de los magistrados respecto a la aclaración de sentencia presentada por el abogado Raúl Olmos, ya que, a su juicio, Hurtado tuvo la oportunidad de ser escuchada durante el proceso.

No se entrega

En tanto, fuentes diplomáticas confirmaron ayer que la exjefa del DAS no ha hecho ninguna gestión ante la Embajada de Colombia en Panamá para entregarse.

De acuerdo con las fuentes, esa sede diplomática está en conocimiento de que el fallo de la Corte del 29 de mayo de 2014 se encuentra en firme.

También se desconoce el paradero de la exjefa del DAS y no se tienen registros de su salida del país por los puestos de control migratorio.

Varias víctimas de las escuchas telefónicas autorizadas por Hurtado han solicitado a las autoridades de Panamá su deportación a Colombia para que enfrente a la justicia.

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