JUZGADO DéCIMO PENAL

Juez condena a Garuz por agresión a periodista

Cristóbal Arboleda, abogado del exfuncionario, dijo que apelará la sentencia ante el Segundo Tribunal Superior Penal.

Juez condena a Garuz por agresión a periodista
El hecho entre Garuz y los periodistas se produjo cuando filmaban en Quarry Heights.

El Juzgado Décimo Penal condenó a cinco años de prisión al exdirector del Consejo de Seguridad Nacional Alejandro Garuz, procesado por la supuesta comisión del delito de lesiones personales en perjuicio del secretario general del Sindicato de Periodistas de Panamá, Filemón Medina, hecho registrado el 11 de junio de 2013 en Quarry Heights, cuando dos periodistas de TVN fueron detenidos por agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI) cuando grababan en el área.

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Al enterarse de la retención de los periodistas, Medina acudió en su ayuda, pero Garuz y varios agentes del SPI lo retuvieron y golpearon varias veces contra un carro, lo que le causó lesiones en el cuello y espalda.

En su fallo, del pasado 24 de enero, el juez suplente especial Carlos Rodríguez señaló que está plenamente acreditado que cuando Medina intentó activar su teléfono celular para tener un registro del incidente, Garuz lo tomó por la solapa del abrigo y lo golpeó varias veces contra un vehículo de TVN Canal 2, mientras que el celular le fue arrebatado y la información borrada.

El juez también resaltó que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinó una incapacidad de 90 días para Medina a raíz de los golpes sufridos durante el hecho.

Asimismo, destacó que como prueba de lo ocurrido se encuentran los testimonios de la periodista Elizabeth González y del camarógrafo Bolívar Jurado (q.e.p.d.), que hicieron una narración de los hechos.

También señaló que la responsabilidad de Garuz surge por agredir a un periodista y causarle lesiones que lo incapacitaron por un período de 90 días.

Además, detalló que, de acuerdo con el artículo 137 del Código Penal, para que se configure el delito de lesiones personales no se requiere la específica intención de lesionar; basta con el propósito de causar daño.

El juez Rodríguez también aplicó a Garuz una sanción de dos años de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y negó un incidente por daños y perjuicios a favor de Medina.

En tanto, Cristóbal Arboleda, defensor de Garuz, dijo que le causa extrañeza la decisión asumida por el juez suplente Carlos Rodríguez, ya que no fue quien presidió la audiencia, en la que, afirmó, se evacuaron pruebas que demuestran que su cliente no lesionó a Medina.

Arboleda alegó que el juez Rodríguez desconoce el proceso y que el fallo emitido no se ajusta a las evidencias recopiladas en la investigación.

En ese sentido, anunció que en los próximos días apelará la decisión para que sea el Segundo Tribunal Superior Penal el que emita una decisión final.

Garuz es objeto de una medida cautelar de arresto domiciliario, aplicada como parte de la investigación seguida a exfuncionarios del pasado gobierno por pinchazos telefónicos a adversarios del expresidente Ricardo Martinelli.


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