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CóDIGO ELECTORAL

Justicia electoral: primero los juzgados, luego los tres magistrados del TE

Justicia electoral: primero los juzgados, luego los tres magistrados del TE
Justicia electoral: primero los juzgados, luego los tres magistrados del TE

La justicia electoral también tiene novedades camino a las elecciones del 5 de mayo próximo. El decreto 26 del 11 de mayo de 2018 creó seis juzgados que son los encargados de atender todas las controversias electorales que surjan en el torneo: impugnaciones al padrón electoral, impugnaciones a las postulaciones a cargos de elección popular, inhabilitaciones de candidaturas, demandas de nulidad de elecciones y proclamaciones.

Esto con el fin de garantizar el derecho a la doble instancia, figura que el Tribunal Electoral (TE) define como el derecho a que las partes involucradas en una denuncia electoral puedan “acudir ante un tribunal jerárquicamente superior cuando esté en desacuerdo con la decisión proferida por un despacho inferior”. De esta forma, un caso pasa por dos instancias. En la primera le compete a los jueces electorales, los cuales darán un veredicto, el cual puede ser revisado en una segunda instancia, a cargo de l pleno del TE.

La creación de juzgados electorales se sustenta en el el artículo 523 del Código Electoral, que establece que “existirán jueces electorales con jurisdicción en todo el territorio nacional, que deberán cumplir los mismos requisitos que los jueces penales electorales. Estos jueces serán nombrados y removidos por unanimidad del pleno del Tribunal Electoral”.

Seis juezas

En mayo pasado, cuando el decreto 26 entró en efecto, el TE escogió a seis juezas. Linda Domínguez (jueza electoral primera); Mónica Guardia (segunda); Edmara Jaén Jaén (tercera); Raquel María Núñez Ferrer (cuarta); Elvia María Rengifo (quinta) y Jossira Rojas Osorio (sexta).

Desde mayo pasado y hasta la fecha, estas juezas se han ocupado de 135 impugnaciones al padrón electoral preliminar, cinco impugnaciones a postulaciones de procesos internos partidarios, 18 impugnaciones a proclamaciones de los partidos políticos por selección de candidatos a cargos de elección popular, una solicitud de inhabilitación de candidatura y 20 impugnaciones a postulaciones de cargos de elección popular de cara a la elección general del 5 de mayo de 2019.

Por partidos

Candidaturas de todos los partidos, con excepción del Frente Amplio por la Democracia, han sido impugnadas en algún momento del torneo. De acuerdo con información del Tribunal Electoral, en Cambio Democrático (CD) se han dado cinco: una para el candidato a presidente, cuyos detalles se desconocen hasta el momento, otra para candidato a diputado del circuito 8-8, y las restantes tres tienen que ver con candidatos a representantes.

En el Partido Revolucionario Democrático se han presentado dos impugnaciones para candidatos a diputados de los circuitos 8-4 y 9-1, dos para alcaldías y seis para representantes de corregimiento.

En el Partido Panameñista tienen una impugnación a un candidato para el cargo de diputado en el circuito 9-2, y otra para alcaldía. Además, tienen tres impugnaciones a candidatos de representante de corregimiento. Por último, el Partido Alianza tiene dos impugnaciones: una a candidato a diputado en el 8- 8 y otra para el candidato a la alcaldía de la ciudad capital. Recientemente, el abogado Jorge Hernán Rubio presentó dos recursos de impugnación para que se anulen las candidaturas del expresidente Ricardo Martinelli a la Alcaldía de Panamá y a diputado del circuito 8-8.


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