Lotería podrá ofrecer sus servicios a través de internet

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia avaló la adenda de un contrato suscrito en 2013 entre la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) y el consorcio Panamá Lottery Technology Services, lo que permite que se desarrolle la lotería vía electrónica.

El contrato original establecía que una empresa diseñaría nuevas modalidades de juegos de lotería, específicamente lotería instantánea y cualquier modalidad de esta, sin embargo, mediante una adenda se modificó el convenio original y se incluyó el juego de lotería en línea o Lotto (por sus siglas en inglés).

Dicho cambio fue objetado mediante la presentación de una demanda de nulidad por Lorenzo Marquínez, de la firma de abogados Alemán, Cordero, Galindo & Lee, por considerar que la Lotto no constituye una modalidad de lotería instantánea, que se está modificando el objetivo original del contrato y que además se pretende evitar una nueva licitación para el desarrollo de este tipo de sorteos, violando la Ley No. 22 de 2006 sobre contratación pública.

Ante esta situación y mientras se hacían los análisis pertinentes, la Corte ordenó de manera provisional suspender la validez de dicha adenda el 13 de febrero de 2015.

No obstante, el pasado 29 de abril, la Corte emitió un fallo que fue publicado en la Gaceta Oficial del pasado 4 de agosto de 2016, en el que levanta la suspensión y da luz verde a la lotería vía electrónica.

Los miembros de la Sala Tercera, integrada por los magistrados Efrén Tello, Abel Augusto Zamorano y Cecilio Cedalise concluyeron que “no es ilegal la adenda No. 1 del contrato de 2013” y ordena el levantamiento de la medida cautelar –suspensión provisional– decretada por esa misma Sala en 2015.

Sustentaron que el objeto del contrato es precisamente generar nuevos juegos de lotería y generar mayores ingresos a la institución.

Jonathan Carrillo, de la Dirección de Legal de la LNB, dijo que dicho contrato está actualmente vigente y que de hecho es el consorcio Panamá Lottery Technology Services el que tiene bajo su responsabilidad la fabricación de las diferentes modalidades de juegos de raspaditos como, por ejemplo, ‘Fiebre de Oro’, ‘Sombrero Panameño’ y ‘Billetazo’.

Agregó que “el contrato y la adenda se mantienen” por orden de la Corte e informó que la validez del contrato es por un período de 10 años.

Respecto a la posibilidad de que la LNB desarrolle la modalidad de lotería en línea, manifestó que esa es una decisión del despacho superior y que no era su competencia emitir un juicio al respecto.

Este medio buscó al director de la institución Efraín Medina para conocer sobre sus planteamientos sobre el tema, pero no hubo respuesta.


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