PROCESO

Ministerio Público pide sobreseimiento provisional en proceso por compra de radares

Ministerio Público pide sobreseimiento provisional en proceso por compra de radares
Ministerio Público pide sobreseimiento provisional en proceso por compra de radares

La Fiscalía Anticorrupción de Descarga solicitó un “sobreseimiento provisional de carácter objetivo e impersonal” en la investigación por la supuesta comisión de delitos contra la administración pública en la compra de 19 radares a Selex, filial de Finmeccanica –en 2010 por $125 millones–, confirmaron fuentes del Ministerio Público (MP).

La petición está en la vista fiscal que remitió la fiscalía al Órgano Judicial, luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia que anuló parte de la investigación, tras acoger un amparo promovido por el exministro y el exviceministro de Seguridad José Raúl Mulino y Alejandro Garuz, respectivamente.

MINISTERIO PÚBLICO REMITE VISTA FISCAL EN CASO DE RADARES

La Fiscalía Anticorrupción de Descarga remitió al Juzgado Quinto de lo Penal la vista fiscal de la investigación por la supuesta comisión de delitos contra la administración pública en la compra de 19 radares a Selex, filial de Finmeccanica, por $125 millones.

En la vista, la agencia de instrucción del Ministerio Público (MP) solicitó un “sobreseimiento provisional de carácter objetivo e impersonal” de la investigación, según confirmaron a este diario fuentes de la fiscalía.

La vista fiscal fue enviada al juzgado luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del 6 de abril 2017 –notificado a finales de agosto pasado– que admitió un amparo de garantías constitucionales interpuesto por el exministro y el exviceministro de Seguridad Pública José Raúl Mulino y Alejandro Garuz, respectivamente, con el alegato de que el MP incumplió los plazos para investigar y, por tanto, violó el debido proceso.

El fallo, con la ponencia de la magistrada Ángela Russo, anuló las resoluciones de la formulación de cargos, las diligencias de indagatoria, medidas cautelares y la vista fiscal con solicitud de llamamiento a juicio para Mulino y Garuz que la fiscalía había enviado al juzgado en enero de 2016.

Según la fuente del MP, tras el citado fallo la fiscalía solo se quedó con las sumarias del proceso. No obstante, explicó que el artículo 2210 del Código Judicial establece que con el sobreseimiento provisional no concluye el proceso y permite que este sea reabierto cuando se presenten nuevas pruebas.


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