'Mulino violó normas de transparencia': CSJ

'Mulino violó normas de transparencia': CSJ
José Raúl Mulino LA PRENSA/Archivo.

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) concluyó que el ministro de Seguridad, José Raúl Mulino, violó normas de transparencia relacionadas con la acción de hábeas data al negarse a brindar información de carácter público sobre la compra, por parte del actual gobierno, de helicópteros, radares y un mapa cartográfico a la empresa italiana Finmeccanica, en 2010.

Con la ponencia del magistrado Oydén Ortega, el pleno de la Corte Suprema concedió el pasado 18 de marzo un hábeas data interpuesto por Corporación La Prensa (Corprensa), luego que el ministro Mulino no contestó un cuestionario relacionado con el tema, que le había sido enviado desde el 26 de febrero de 2013.

Esta petición se hizo basada en la Ley 6 de 2002 que dicta las normas para la transparencia en la gestión pública, y que establece la acción de hábeas data y otras disposiciones.

La decisión del pleno de la Corte indica que Mulino no le devolvió a este diario las respuestas al cuestionario que se le envió, a pesar de que “la información respectiva no era confidencial ni tenía restricción alguna”.

Mulino, según el fallo, envió la información requerida el 12 de septiembre de 2013, es decir siete meses después, al pleno de la Corte, luego que esta le solicitara un informe de conducta como parte del trámite de la admisión de la acción de hábeas data.

Sostiene el pleno que Mulino violó lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 6 de 2002 al no remitir, en el término establecido, la información solicitada por Corprensa.

El artículo estipula que el funcionario encargado tendrá 30 días calendario, a partir de la petición para contestar o, en su defecto, informar que su despacho no cuenta con la misma.

Además, el artículo 20 de esta ley indica que el funcionario requerido por el tribunal que incumpla con la obligación de suministrar la información, incurrirá en desacato y será sancionado con multa mínima equivalente al doble de su salario mensual. Si reincide, añade la norma, será sancionado con la destitución del cargo.

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