SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN DEJA SIN EFECTO RESTRICCIONES

Periodistas Francisco Gómez Nadal y María Pilar Chato pueden regresar a Panamá

Francisco Gómez Nadal y María Pilar Chato interpusieron seis demandas ante la Sala Tercera y estas no han sido resueltas aún.

Periodistas Francisco Gómez Nadal y María Pilar Chato pueden regresar a Panamá
Los periodistas españoles fueron obligados a abandonar el país el 28 de febrero de 2011. LA PRENSA/Archivo.

Tres años y medio después de haber sido expulsados de Panamá por el gobierno del expresidente Ricardo Martinelli, el Servicio Nacional de Migración (SNM) levantó el impedimento de entrada al país a los periodistas españoles Francisco Gómez Nadal y María Pilar Chato.

Gómez Nadal y Chato fueron detenidos el 26 de febrero de 2011 en la plaza 5 de Mayo, acusados de instigar las protestas indígenas contra la ley minera. Dos días después, fueron obligados a abandonar el país.

Los comunicadores sociales han presentado seis demandas de nulidad ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, pidiendo que se revoque las resoluciones del SNM que ordenaron su salida de Panamá.

Sin embargo, hasta esta fecha ninguna de esas acciones ha sido resuelta por el magistrado ponente, Alejandro Moncada Luna, nombrado en ese cargo por Martinelli en 2010.

Mediante las resoluciones 22241 y 22242 del 17 de julio pasado, el director del SNM, Javier Carrillo, admitió la reconsideración presentada por los periodistas y dejó sin efecto el impedimento de su entrada a Panamá.

La decisión anula dos resoluciones del 18 de junio pasado, en las que el mismo Carrillo mantuvo el impedimento de entrada a Panamá de ambos periodistas.

Carrillo sustentó su decisión en que Gómez Nadal y Chato ya cumplieron el término de dos años de restricción para entrar a Panamá, impuesto cuando fueron obligados a salir del país el 28 de febrero de 2011.

Además, indicó que aún no hay un pronunciamiento de la Sala Tercera en cuanto a las demandas de nulidad.

Carrillo ya había negado a los periodistas el levantamiento de la restricción de entrada a Panamá el 17 de mayo de 2013, basado en una verificación previa hecha a los registros migratorios, y en que no podía pronunciarse hasta que el magistrado Moncada Luna resolviera las demandas de nulidad presentadas en 2011.

Consultado sobre la decisión de Carrillo, el abogado de los periodistas, Ramón Ricardo Arias, dijo no tener comentarios más allá de los expresados en los recursos presentados ante la Sala Tercera, a través de los cuales pidió la nulidad de las resoluciones contra sus clientes.

Ramón Ricardo Arias se refirió al caso de los comunicadores como “una de las tantas irregularidades o barbaridades cometidas en la época Martinelli, felizmente terminada”.

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