VIOLENCIA

Presentan reglamentación de ley de feminicidio

La propuesta del ministro Milton Henríquez elimina la potestad que tiene el Mingob de sancionar a medios por violar la Ley 82 de 2013.

Presentan reglamentación de ley de feminicidio
El ministro de Gobierno, Milton Henríquez, acudió al pleno de la Asamblea Nacional.

El ministro de Gobierno, Milton Henríquez, presentó ayer ante el pleno de la Asamblea Nacional el proyecto de ley que modifica, adiciona, subroga y deroga artículos de la Ley 82 del 24 de octubre de 2013, que tipifica el feminicidio y la violencia contra la mujer.

La norma en mención elimina la facultad que tiene el Ministerio de Gobierno (Mingob) de imponer multas a los medios de comunicación social que incurrieran en ciertas violaciones ante la posible colisión de los derechos de las mujeres y de las personas con discapacidad.

El artículo 70 de la citada ley establece lo siguiente: “Si se comprueba que cualquier medio de comunicación ha incurrido en discriminación o violencia en contra de las mujeres será sancionado por el Ministerio de Gobierno con una multa de mil dólares a tres mil dólares dependiendo de la gravedad de la violación”.

En ese sentido, la responsabilidad ante la posible violación de los derechos de las mujeres y de las personas con discapacidad, frente a los derechos de libertad de expresión, información y prensa, será dirimida en la esfera judicial, explicó el ministro.

Toda persona que se considera agraviada por las publicaciones de un medio de comunicación social que incurran en cualquier tipo de violaciones contra la mujer definida en esta ley, podrá demandar la respectiva responsabilidad civil, mediante proceso sumario”, señala el artículo 4 que subroga el artículo 70 de la norma.

El documento también busca garantizarle el derecho constitucional de acceso a la justicia a la persona afectada por cualquier acto de violencia definida en la Ley 82 de 2013, por medio de la asistencia técnica-legal gratuita en el ámbito penal y civil, a través del Instituto de Defensoría de Oficio del Órgano Judicial.

Es decir, que el Estado deberá garantizar el acceso gratuito y expedito a la justicia de las mujeres víctimas de la violencia, sus familiares tutores y demás, a través del Instituto de Defensoría de Oficio del Órgano Judicial. Dicho organismo debe estar creado en un periodo no mayor de seis meses de la entrada en vigencia de la ley.

Henríquez, quien estará frente a ese ministerio hasta el próximo 12 de enero, detalló que la iniciativa surge tras un análisis con diversos sectores de la sociedad civil, directivos de medios y el estudio de los convenios internacionales en esta materia, que concluyeron que dicha entidad no debe tener la facultad de multar a los medios de comunicación social, ya que esto podría derivarse o interpretarse como posibles restricciones o limitaciones a la libertad de expresión, derecho de prensa o derecho a la información.

El pleno también aprobó seis ratificaciones, entre ellas la del director general del Instituto Nacional de Formación y Capacitación para el Desarrollo Humano, Samuel Rivera, y de Luz Aida Gómez Serrut como gerente general de la Zona Franca Turística y de Apoyo Logístico Multimodal del Barú.

Asimismo, se aprobó la ratificación de los miembros de la junta directiva de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, Valerio De Sanctis De Ferrari, Marvin Jesús Correa Morón, Juan Bosco Achurra y Julio Casas Maldonado.

También se aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 413, que modifica un artículo de la Ley 28 del 20 de junio de 1995, por la cual se adoptan medidas para la universalización de incentivos a la producción y se dictan otras disposiciones.


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