ELECCIONES GENERALES

Reglas para registros contables de candidatos

El Tribunal Electoral (TE) reglamentó esta semana, mediante el decreto 34 del 27 de octubre de 2017, las cuentas, los registros contables y los topes para el financiamiento privado que tendrán las campañas electorales para las próximas elecciones generales que se celebrarán en mayo de 2019.

Los candidatos en circunscripciones mayores de 5 mil electores, por ejemplo, deben tener una cuenta de banco única de campaña para manejar todos sus ingresos y gastos.

El documento también especifica que, en caso de aspirar a más de un cargo, el candidato debe abrir una sola cuenta con la denominación del cargo de mayor jerarquía. Asimismo, enfatiza que la cuenta debe ser abierta desde que se inicia la recaudación de fondos, de manera que la totalidad de esta sea consignada en ella. Entretanto, los candidatos en circunscripciones de menos de 5 mil electores deberán llevar solamente registros contables. Ambos estarán sujetos a la auditoría del Tribunal Electoral.


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