El Segundo Tribunal Superior Penal revocó la medida cautelar de impedimento de salida del país que el Juzgado Decimosexto Penal había concedido el 22 de noviembre de 2016 al ex secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional (CSN) Gustavo Pérez, y le volvió a imponer detención preventiva, como parte de la investigación relacionada con los pinchazos telefónicos.
A pesar de que el juzgado le había cambiado la detención preventiva por impedimento de salida del país a Pérez, este permaneció detenido, debido a una condena de cinco años y cuatro meses de prisión que le fue impuesta por posesión ilícita de armas y confirmada por el Segundo Tribunal mediante fallo del 7 de julio de 2016.
La revocatoria de la medida responde a la apelación de la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada, que investigó el caso, y del abogado José Bethancourt, en representación de un querellante.
Bethancourt rechazó el cambio de medida cautelar a Pérez, pues en el proceso “no se refleja una variación de la disminución de los graves perjuicios ocasionados a las víctimas y, por el contrario, el beneficiado no ha colaborado con la investigación”.
En fallo del 27 de marzo pasado, con ponencia del magistrado (suplente especial) Óscar Carrasquilla, el Segundo Tribunal Superior concluyó que el cambio de medida cautelar a Pérez no cumplió con el principio de proporcionalidad, es decir, la naturaleza del hecho punible –violación del derecho a la intimidad– con la sanción que podría aplicársele.
Además, en otro fallo del mismo 27 de marzo pasado, el Segundo Tribunal negó al también exsecretario del CSN Alejandro Garuz una solicitud para que se le cambiara la medida cautelar de arresto domiciliario que se le aplica actualmente, por una medida de impedimento de salida del país.
El tribunal rechazó la petición al considerar que las pruebas señalan una posible violación a la intimidad de las víctimas con el uso de aparatos por parte del Consejo de Seguridad Nacional.
