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INFORME DE AUDITORÍA

Tribunal de Cuentas archiva caso de UP por alquiler de lotes

Tribunal de Cuentas archiva caso de UP por alquiler de lotes
Tribunal de Cuentas archiva caso de UP por alquiler de lotes

El Tribunal de Cuentas ordenó el cierre y archivo de la investigación patrimonial seguida al exrector de la Universidad de Panamá (UP) Gustavo García de Paredes; el exdirector de Consultoría Jurídica de la UP, Virgilio Vásquez, y el representante legal de la empresa Corporación Westminser, S.A., Salomón Hanono Wiznitzer.

Además, el pleno del Tribunal de Cuentas -conformado por los magistrados Alberto Cigarruista (ponente), Rainier Del Rosario Franco y Álvaro Visuetti Zevallos- ordenó el levantamiento de las medidas cautelares dictadas contra los dos exfuncionarios y el empresario por parte de la Fiscalía de Cuentas.

Así se aprecia en el edicto N° 390-2018 del 5 de diciembre del presente año.

El proceso tenía como principio deslindar responsabilidades por presuntamente haber causado una lesión patrimonial a la UP por $1.2 millones, por el arriendo de 2.9 hectáreas a la Corporación Westminster, ubicadas a corta distancia del aeropuerto de Tocumen. La lesión está sustentada en un informe de auditoría de la Contraloría General de la República.

El monto corresponde al descuento del 50% del canon de arrendamiento que no cobró la universidad estatal, beneficio que no se contempla en la ley de contrataciones públicas, y del canon actualizado, según el avalúo de la Contraloría de 2016. La UP cobra 51 centavos el metro cuadrado, cuando debería ser $2.95, según el nuevo avalúo, indica el documento.

Por esta supuesta lesión es señalado García de Paredes, quien firmó el contrato y sus adendas, que otorgaron estos beneficios, así como por establecer el canon de arrendamiento sin considerar avalúos, y por otorgar una prórroga inviable de 20 años sin que venciera el plazo original.

También es señalado Virgilio Vásquez Pinto –entonces director de consultoría jurídica de la UP– porque “no advirtió que los beneficios que se otorgaron a la empresa arrendataria, y que fueron en detrimento del patrimonio del Estado, ya que la Universidad indirectamente contribuyó con la inversión de la empresa...”.


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