ENFOQUE

Los amparos

El amparo de garantías constitucionales es, según la doctrina, la legislación y la jurisprudencia, un recurso de carácter definitivo, es decir, que tienen que haberse agotado todos los otros medios de impugnación para que sea considerado.

En este caso, el amparo es el primer recurso interpuesto por la defensa del directivo de la Autoridad del Canal Henri Mizrachi.

Su defensa tiene la posibilidad de accionar otros recursos para proteger los derechos de su cliente.

El otro aspecto a considerar para la admisión de un amparo es si existe la inminencia de un daño o amenaza cercana de dicha afectación. La Corte ha sostenido que “…La inminencia del daño significa que se trate de un perjuicio actual, no pasado ni ocurrido hace mucho tiempo. Inminente quiere decir que amenaza o está para suceder prontamente, y lo antónimo de inminente es remoto, lejano…” (Sentencia del 30 de septiembre de 1993, Alberto Alemán Boyd vs. Procurador General de la Nación). Si la resolución atacada fue emitida el 21 de febrero de 2017, no puede haber inminencia cuando el amparo se interpone el 29 de mayo de 2017. La jurisprudencia de la propia Corte ha establecido consistentemente, con una peculiar excepción, que los miembros de la junta directiva de la Autoridad del Canal no tienen prerrogativas funcionales que justifiquen que sus casos sean de conocimiento directo de la Corte. Aquí es pertinente mencionar que en ocho fallos, desde el 18 de febrero de 1997 hasta el 2 de octubre de 2015, la Corte ha insistido en diferenciar los administradores, con mando y jurisdicción, de los miembros de las directivas de entidades estatales.

Por cierto, como una nota curiosa, históricamente la defensa de los directivos del Canal insisten en reclamar un supuesto carácter de funcionarios con mando y jurisdicción nacional, mientras que la defensa de los exmiembros de la directiva de la Caja de Ahorros invocaron el argumento de que sus representados no eran funcionarios.

Solo en el derecho penal, gracias a la acción de los abogados defensores, se puede ser o no ser al mismo tiempo.

*El autor es abogado


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