El 24 de febrero, en el pleno legislativo, la diputada Zulay Rodríguez presentó un anteproyecto de ley para modificar la Ley 22 de 2005, en lo concerniente al derecho a réplica o rectificación que adoptan los medios de comunicación. Esta iniciativa tuvo lugar un día después de que llegara a la Corte la denuncia que contra ella presentó el hijo y la viuda del mexicano Penagos, por la presunta apropiación de unos lingotes de oro. El anteproyecto otorga a los medios un plazo de 24 horas para difundir la réplica; ese término, conforme está ahora en la actual Ley 22, es de 48 horas (prorrogables por 24 más). En cuanto a las multas a los infractores, propone elevarlas hasta $15 mil; actualmente, oscila entre $500 y $5 mil.
La proponente no es solamente una diputada sobre la que pesa una gravísima acusación, sino que es quizá la persona que más se ha destacado por denigrar y levantar falsedades contra ciudadanos, empresas y hasta instituciones del Estado, cobijada en el blindaje del artículo 154 de la Constitución, que señala que los miembros de la Asamblea “no son legalmente responsables por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio del cargo”. Esa es la funcionaria que pide endurecer las medidas que se aplican a los medios cuando un ciudadano ejerce el derecho a réplica. Por cierto, la legislación propuesta, ¿aplica también a la televisora de la Asamblea, como medio de comunicación? ¿Pondrán un segmento en su programación para todas las réplicas que reciban, cada vez que un diputado hace mención de alguien desde su curul? ¿O van a cortar la transmisión, cuando el director del canal tenga el presentimiento de que viene una tanda de insultos? La respuesta le dará a ustedes una idea si hay un interés público y edificante detrás de esta iniciativa o si no es más que otra prenda echa a la medida de alguien que en este momento debería estar dando explicaciones sobre los gravísimos señalamientos en su contra hechos por otras personas, y no por los medios de comunicación.
Pero para ilustrar cómo se manipula desde un falso discurso de igualdad, tomemos como ejemplo lo sucedido en una audiencia de cambio de medida cautelar ante un juez de garantías, el 29 de junio de 2020, en la que se presentaron la diputada y Kevin Moncada, como defensores del sujeto procesado. Poco antes de que iniciara dicho acto, se le comunicó a ambos que el investigado tenía nuevo abogado y que ellos no podían permanecer en la sala, porque el aforo estaba restringido. Según el relato escrito de Moncada, la juez le dijo a la diputada: “¡No están respetando el distanciamiento! ¡Salga de aquí! ¡Salga o la sanciono!” Aquello fue suficiente para que, al día siguiente, presentaran una queja contra la juez por “grosera y descortés”, y por infringir normas constitucionales, “puesto que es sabido que solo el pleno de la Corte puede procesar y sancionar a un diputado”. La queja no fue admitida, pero queda una duda: si una de las bases del SPA es la igualdad de las partes, ¿en qué lugar queda esa equiparación cuando uno de los abogados está fuera del alcance del juez que dirige una audiencia? ¿Ese es el poder que utiliza un diputado cuando ejerce la práctica privada de la abogacía? Desde su curul, acusa a quien le da la gana, con o sin sustento. Incluso, arremete a la contraparte en sus procesos privados. Y encima, no se le puede regañar, porque luego presenta una queja contra el juez. Con ese relajo, podría tener al sistema judicial como rehén. ¿Acaso intenta hacer lo mismo con los medios de comunicación?

