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Buscan facilitar devolución de depósito de arrendamientos

Buscan facilitar devolución de depósito de arrendamientos
La Ley 93 de 1973, sobre arrendamiento, es válida tanto para el tema de viviendas como para locales comerciales. Agustín Herrera

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate modificar el artículo 13 de la Ley 93 del 4 de octubre de 1973, para separar los depósitos de garantía de arrendamiento de las cuentas del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) y así poder agilizar las devoluciones de estos fondos.

El depósito de garantía es la suma de dinero que corresponde a un mes de canon de arrendamiento, es decir, es un fondo que el arrendatario de un inmueble le entrega al arrendador, a modo de seguro o fianza en caso de que cause daños que deban repararse cuando deje la propiedad. De no existir ningún daño, el dinero debe retornar a manos del arrendatario o inquilino. Es decir, es un dinero de particulares.

En la actualidad, según las diputadas que presentaron las propuesta, Kayra Harding y Mayín Correa, existe una demora en la devolución de los depósitos de parte del Miviot, debido a que desde 2016 la Dirección General de Arrendamientos de la entidad incluyó estos depósitos en una cuenta común del ministerio, donde confluyen los dineros de uso público.

Por ello, indican que esto hace más burocrático el trámite a la hora de devolver el dinero a sus respectivos dueños, ya que quienes reclamaban los fondos eran tratados como cualquier proveedor del Estado.

La demora en la entrega del depósito también ha ocasionado quejas de parte de los arrendadores. La Asociación de Propietarios de Inmuebles de Panamá (API) ha señalado que ese depósito no es dinero público como para ser registrado en la Cuenta Única del Tesoro Nacional. Esta asociación participó del debate del proyecto.

Habla el Miviot

El viceministro de Ordenamiento Territorial del Miviot, José Batista, reiteró que la demora radica en que el destino de los fondos era la cuenta del Tesoro. Además, dijo que producto de la pandemia por la Covid-19, se desmejoró la relación arrendatario-arrendador, lo que provocó que la Dirección General de Arrendamientos de la entidad quedara “inundada de reclamos por la no devolución del depósito”.

“Encontramos que muchos de esos problemas no los podíamos resolver, porque no habían contratos legalizados. Menos del 30% de los contratos de arrendamiento que se celebran en el país cumplen con la ley y son registrados en el Miviot”, explicó Batista.

El funcionario indicó que una de las razones de los arrendadores para no registrar sus contratos en el Miviot es precisamente el trámite burocrático de la devolución, que puede durar hasta un año.

Señaló que cuando asumieron las riendas del Miviot, en julio de 2019, encontraron más de 4 mil expedientes pendientes del pago de devoluciones, con casi 19 millones de dólares acumulados, cifra que han logrado reducir a 1.6 millones de dólares en la actualidad.

Datos del Miviot muestran que entre julio de 2020 y marzo de 2021 se ha devuelto en concepto de depósitos de arrendamiento la suma de $1.9 millones, para un total de mil 724 devoluciones tramitadas.

Ahora, dijo Batista, con el proyecto de ley 583, el inquilino va a estar en poder de ese dinero, que es suyo siempre y cuando no incumpla con los pagos o no provoque daños en el inmueble.

Espera que el proyecto genere mayor confianza entre los arrendadores y arrendatarios para que legalicen su situación.

Lo establecido

En la propuesta, que ya pasó a manos del presidente Laurentino Cortizo, para una sanción o veto, se dejó claro que en los contratos de arrendamiento que se celebren a partir de la vigencia de esta ley es obligación de todo arrendatario, salvo las excepciones que establezca el Miviot, consignar una suma igual al canon de arrendamiento en concepto de depósito.

Igualmente, que el depósito en concepto de arrendamiento, por tratarse de fondos de particulares, se manejará de forma separada de las cuentas de funcionamiento del Miviot, a través de los productos y servicios que ofrezcan el Banco Nacional de Panamá y la Caja de Ahorros y conforme a la reglamentación que para tales efectos emita el Órgano Ejecutivo.

Se estableció, además, que los reclamos por parte del arrendador de cánones adeudados o daños causados en el inmueble “deberán ser comprobados” en la Dirección General de Arrendamientos y le deberá ser entregado el depósito de arrendamiento, con sus intereses o parte de ellos, según sea el caso.

La Ley 93 de arrendamiento es válida tanto para los alquileres de apartamentos o casas como para locales comerciales.


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