Como una ejecución extrajudicial y, por tanto, un crimen de lesa humanidad, calificó el Consejo de Estado de Colombia la muerte, en 1999, del periodista y humorista Jaime Garzón, en un fallo que condena al Estado a pedir disculpas públicas a los familiares del occiso, en un acto solemne que debe realizarse en un plazo no mayor de dos meses.
La decisión de la Sección Tercera de la máxima autoridad de la jurisdicción Contencioso Administrativa del poder judicial fue divulgada por el diario El Tiempo, según el cual el Estado también deberá pagar una indemnización a la familia de Garzón, por “perjuicios morales” y “lucro cesante”.
“Es claro para la Sala, de acuerdo con el material probatorio recaudado, que en la época y el lugar de los hechos se presentaron actos de la más alta gravedad, en los que miembros de las fuerzas regulares del Estado se aliaron con grupos al margen de la ley, paramilitares, para permitir y coadyuvar la actividad delictual de estos últimos”, señala el fallo, según el diario bogotano.
La sentencia también señala que “se ha probado que el exsubdirector de Inteligencia del extinto DAS, José Miguel Narváez, y el exjefe de Inteligencia de la Brigada 13 del Ejército, general Jorge Eliécer Plazas Acevedo, no solo adelantaron seguimientos contra el comediante, sino que compartieron la información recolectada con el excomandante de las Autodefensas Carlos Castaño, a quien sugirieron ordenar el homicidio”.
La condena anunciada ayer también implica una orden al Ministerio de Defensa Nacional de publicar y mantener en su sitio web el fallo que encontró culpable a esa entidad, así como al Ejército Nacional, a la Policía Nacional y al extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), que fue el máximo organismo de inteligencia estatal, en los hechos que rodearon la muerte del periodista.
