Los candidatos presidenciales de los partidos políticos, una vez en firme su proclamación, tendrán un plazo de 60 días calendario para designar a su vicepresidente, quien debe ser ratificado por el directorio del partido, dentro de las dos semanas siguientes a su designación.
Esta es una de las modificaciones que aprobó la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) a la norma electoral, en su sesión de ayer jueves. Además, estableció que en caso de alianzas partidarias, la fórmula presidencial (candidato y vicepresidente) debe ser aprobada por la convención o congreso de los partidos aliados.
También se avaló que los partidos con una membresía menor a cien mil adeptos escogerán a su candidato presidencial en una convención o congreso nacional.
La convocatoria para las primarias de los partidos se hará en 2023, la cual será convocada cuatro meses antes de junio, mes en el que se celebrará, el mismo día, las internas de todos los partidos. Al tiempo que se dejó claro que los partidos que pacten alianzas no podrán reservar espacios que excedan el 40% de los cargos que deben ir a primarias.
Libre postulación
Se decidió que solo se convertirán en candidatos por libre postulación los integrantes de las tres nóminas que más firmas de respaldo hayan obtenido, siempre que superen el 2% de los votos válidos emitidos en la última elección para el cargo y circunscripción de que se trate. Es decir, se duplica el número de firmas, ya que actualmente es del 1% de los votos.
En reuniones pasadas, la CNRE estableció que para ser precandidato independiente se debe presentar la solicitud de reconocimiento al cargo entre el 1 de febrero y 31 de marzo de 2022. La recolección de firmas se iniciará dos años y tres meses antes de los comicios.
Asimismo, la CNRE ha dispuesto que para que los partidos en formación puedan postular candidatos en las elecciones generales de 2024, deben estar debidamente reconocidos como partido constituido, a más tardar al 31 de diciembre de 2022.
Todos estos cambios deben ir a la Asamblea Nacional.
