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INFORME PAÍS

Demandas son herramientas ‘de intimidación’: SIP

Demandas son herramientas ‘de intimidación’: SIP
En la inauguración de la asamblea virtual, Cortizo firmó las declaraciones de Chapultepec y de Salta. Román Dibulet

Panamá muestra un incremento de acciones judiciales contra medios de comunicación, periodistas y generadores de opinión (influencers) como “herramienta de intimidación para promover la autocensura”, destacó la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) en el informe país sobre las libertades de prensa y de expresión, presentado ayer, en el primer día de su asamblea general, que por primera vez se celebró en formato virtual.

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SIP: Panamá muestra un incremento de acciones judiciales contra los medios y periodistasEl expresidente Ernesto Pérez Balladares secuestra activos de Corporación La Prensa

En el acto de apertura, el presidente Laurentino Cortizo tuvo una participación destacada, al suscribir simultáneamente las declaraciones de Chapultepec (sobre libertad de prensa) y de Salta (sobre los principios de la libertad de expresión en la era digital). Cortizo es el cuarto presidente panameño en firmar la de Chapultepec. Antes lo hicieron Guillermo Endara (1990-1994), Martín Torrijos (2004-2009) y Juan Carlos Varela (2014-2019). En cambio, es el primer mandatario de toda la región en rubricar la de Salta.

“La deferencia que la SIP ha tenido conmigo, al dispensarme el privilegio de ser el primer gobernante en firmar la Declaración de Salta, es en extremo honrosa y lo interpreto como un reconocimiento al historial de respeto en Panamá por la libertad de expresión”, dijo Cortizo.

El informe divulgado ayer sobre la situación en Panamá, no obstante, incluye algunas advertencias.

La SIP advierte que se desconoce el uso de fondos públicos durante la pandemia, y que la Corte Suprema de Justicia no admitió una acción de habeas data que solicitaba información sobre estos manejos, pese a que su acceso está dispuesto en la Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia). El informe recoge la “preocupación” por el funcionamiento poco efectivo de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai). Desde el 13 de marzo, está vigente el “estado de emergencia” declarado por el Ejecutivo, el cual flexibiliza la compra de insumos y equipos médicos.

También hay mención al secuestro de las cuentas y activos de Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa), por hasta $1.3 millones, ordenado en julio pasado por la juez civil Lina Castro, a favor del expresidente de la República, Ernesto Pérez Balladares. El proceso instaurado contra La Prensa se remonta al año 2012, y todavía está en fase de pruebas. No hay una sentencia condenatoria o en firme.

“En el ámbito civil, la legislación permite que ante un proceso por daños y perjuicios, el reclamante -sin todavía sentencia a su favor- pueda promover el congelamiento de activos. Existe una norma que prohíbe que se dicten medidas cautelares sobre bienes y activos de la radio y la televisión, pero no para medios impresos y digitales”, señaló la SIP en su informe.

También se hace referencia a las acciones presentadas por otro expresidente -Ricardo Martinelli- contra Corprensa -que edita La Prensa y Mi Diario-, y 38 periodistas y directores, con reclamos acumulados por más de $46 millones. La última demanda fue contra Mi Diario.

Corprensa también enfrenta la prohibición de fotografiar al abogado Jaime Lescure, ordenada por la juez de garantías Elkis Martínez Agrazal. Lescure ha sido objeto de publicaciones por presuntamente pagar sobornos a jueces y magistrados.

La SIP también expresa su preocupación porque se mantiene vigente el artículo 195 del Código Penal, que penaliza la injuria y la calumnia a través de los medios de comunicación. La condena es de hasta 18 meses de prisión, o su equivalente a días multas. “En materia civil, existe preocupación por reclamaciones cuantiosas, procesos que intimidan a los periodistas y comprometen el funcionamiento de los medios”.

Igualmente, se advierte en el informe que en septiembre, el Tribunal Electoral entregó un proyecto de reformas al Código Electoral que tipifica como una falta (sancionable con multa) la difusión de noticias falsas y la desinformación, durante un proceso electoral.


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