El pleno de la Asamblea Nacional acogió ayer el veto presidencial sobre el proyecto de ley 548, que amplía el alcance del fuero de maternidad hasta el padre, y concede vacaciones en caso de fallecimiento de la madre.
En su momento, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, vetó el proyecto al considerarlo “inconveniente”, pero con los cambios realizados en tercer debate, la propuesta volverá a manos del gobernante.
Por ejemplo, Cortizo planteó que el artículo 3 del proyecto, que señala que “cuando la mujer esté embarazada y no esté laborando, el padre gozará de fuero de paternidad, el cual no podrá ser despedido de su empleo público o privados por los meses que dure la gestación y luego del parto por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la ley”, discrimina con respecto al hombre cuya mujer percibe un salario; tampoco dice nada respecto a las mujeres que, sin ser asalariadas, pudieran estar recibiendo ingresos por un emprendimiento o un negocio propio. Igualmente, no toma en cuenta que hay diferencias con respecto a los tipos de contratos de trabajo que se efectúan en el sector público o privado.
En ese sentido, los diputados añadieron al artículo objetado que el fuero paternal se “suspenderá” si se comprueba que la mujer en gestación o posterior al parto percibe ingresos económicos por negocios propios, de manera estable y permanente. El proponente del proyecto es el diputado Daniel Ramos, pero también la impulsó Juan Diego Vásquez.

