REGLAS ELECTORALES

Tribunal Electoral establece límites para la campaña

La campaña para las elecciones generales se hará 70 días antes del 5 de mayo de 2019, día en que se realizarán las elecciones generales en Panamá.

Tribunal Electoral establece límites para la campaña
Se prohíbe la divulgación de encuestas o sondeos de opinión que no hayan sido previamente registrados ante el Tribunal Electoral.

Luego de que el Ejecutivo sancionara en mayo pasado las reformas al Código Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral (TE) presentaron hace dos semanas a los partidos políticos, precandidatos independientes y sociedad civil la reglamentación de la campaña electoral de cara a los comicios de 2019.

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Borrador de decreto sobre alcances y limitaciones a las campañasDebaten dilemas de temas electorales en CentroaméricaIndependientes se activan por las firmas

En el borrador del decreto reglamentario, que el TE no hace público aún, se define lo que se puede y lo que no se debe hacer antes y durante la campaña electoral.

Osman Valdés, encargado de la Dirección de Organización Electoral del TE, dejó claro que, por ahora, ni los precandidatos independientes, que actualmente recogen firmas, ni los partidos políticos pueden hacer proselitismo.

LÍMITES PARA LA CAMPAÑA POLÍTICA

“En estos momentos, no debe estar nadie haciendo campaña”, advirtió Valdés.

El tema surgió luego de que el TE elaborara el borrador de un decreto que establece los alcances y limitaciones de la campaña electoral para los comicios de 2019.

El documento, que será oficializado por la entidad en las próximas semanas mediante un boletín electoral, no solo alcanza a los precandidatos, independientes y de partidos políticos, sino que también abarca las actuaciones de los ciudadanos y de los medios de comunicación.

Tribunal Electoral establece límites para la campaña
Se prohíbe la divulgación de encuestas o sondeos de opinión que no hayan sido previamente registrados ante el Tribunal Electoral.

El documento reitera, por ejemplo, que los colectivos políticos podrán activarse para escoger a sus candidatos 45 días antes de las primarias, elecciones que deberán celebrarse en agosto de 2018. Por ahora, ni los partidos políticos ni los precandidatos independientes pueden hacer campaña.

En ese sentido, Valdés explicó que los arriba mencionados tienen vetado entregar artículos que promocionen su figura, y además tienen prohibido pautar propaganda en los medios de comunicación (internet, televisión por cable-satélite, vallas, folletos, entre otros), en medio de la recolección de firmas o inscripción de adherentes, respectivamente.

PROHIBICIONES

El documento también plantea que toda propaganda electoral que rebase los topes de campaña debe ser incluida en el informe de gastos que debe presentarse al TE. Este acto, según el TE, constituye “una causal de nulidad de la elección y proclamación, tanto en las elecciones internas como en las generales”.

El decreto define a la campaña como la promoción de una figura con aspiraciones políticas. Igualmente, recuerda que la campaña para las elecciones generales se hará 70 días antes del 5 de mayo de 2019, día de los comicios.

Quienes violen lo dispuesto en el decreto tendrán sanciones que van desde multas hasta la anulación de la candidatura.



Los ciudadanos tienen prohibido pagar, donar o contratar propaganda política a favor o en contra de un partido político, candidato o precandidato independiente, fuera y dentro del periodo de campaña.

Solo lo podrá realizar la persona que los candidatos y partidos autoricen como apoderadas para contratar propaganda lectoral, previamente autorizados por el TE.

Mientras que los medios de comunicación y quienes trabajen en ellos no podrán aceptar o donar pautas o tiempo para propaganda electoral, fuera del tiempo de la campaña. Tampoco se podrán hacer caravanas y concentraciones.

En el documento, el TE deja claro que las prohibiciones no privan a particulares, candidatos y partidos políticos de ejercer sus derechos civiles, políticos, constitucionales y legales de activarse libremente para explorar sus posibilidades como candidatos, siempre que no contraten ni sean beneficiados con propaganda electoral.

Si alguien incumple esta medida, podría ser denunciado ante el TE. En el borrador de decreto se crea un correo electrónico y se establece contratar una línea telefónica, para que los ciudadanos reporten posibles violaciones de este tipo.

SANCIONES

Quienes violen lo dispuesto en el decreto tendrán sanciones que van desde multas hasta la anulación de la candidatura. A los medios de comunicación se les sancionará con una multa diaria de 10 veces el valor comercial de la propaganda. Los que coloquen propaganda fija (vallas, volantes), pinten paredes, entre otros, serán sancionados con multas de $50 hasta $1,000.

El borrador plantea que cada regional de la Dirección de Organización Electoral es la instancia encargada de imponer las sanciones a quienes violen la ley electoral. Debe hacerlo basado en los procedimientos del artículo 206 del Código Electoral.

La decisión que tome la regional será apelable.

Según Valdés, el borrador de la reglamentación de campaña ya se encuentra en manos de los partidos políticos, medios de comunicación y sociedad civil organizada, quienes deben presentar sus consideraciones.

PENDIENTES

Por otro lado, Valdés expresó que el TE todavía tiene pendiente reglamentar cómo se harán las primarias de los partidos políticos, el tema de las encuestas, las cuentas bancarias que utilicen los partidos y precandidatos para depositar los fondos que reciben en concepto de donaciones privadas.

El tema del financiamiento político, según el funcionario, también debe ser reglamentado. Asimismo, deben regularse las elecciones generales, documento que debe estar preparado un mes antes de esta fecha, es decir, en abril de 2019.


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