VENEZUELA

Las fechas del revocatorio

Dos grupos analizaron los argumentos de Tibisay Lucena para un eventual cronograma y afirman que no concuerdan con lo que dice la norma del CNE.

Las fechas del revocatorio
Tibisay Lucena, presidenta del Consejo Nacional Electoral.

La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela, Tibisay Lucena, mintió al presentar el informe sobre los tiempos para la realización del referendo revocatorio del mandato del presidente Nicolás Maduro al señalar que una eventual recolección del 20% de las firmas para la convocatoria solo podría tener lugar a finales del mes de octubre, si la oposición cumplía con todos los requisitos.

Así lo afirmaron, en sendos análisis, la oenegé Acceso Público, un Observatorio sobre la Justicia, y 25 profesores de Derecho Público de Venezuela que firmaron un comunicado que divulgó el digital La Patilla.

La aseveración de Lucena se produjo el pasado 9 de agosto, cuando dio el estatus de la solicitud del referendo. Ese día expresó que “la norma establece lapsos que suman entre 28 y 29 días para una eventual convocatoria, fecha a partir de la cual se dispone de 90 días para la realización del revocatorio”, en vista de que hay una serie de actividades a las que el CNE les debe hacer tiempo.

Ambas organizaciones concluyen que, de acatar la norma vigente, a partir de la segunda quincena de septiembre podría realizarse la recolección de firmas y los 90 días a los que alude Lucena podrían empezar a correr el 11 de octubre y hasta el 9 de enero de 2017.

A la fecha, concluye el grupo de profesores, es posible realizar el referendo dentro de los 90 días, si el CNE “no hace, nuevamente, dejación de la obligación legal que lo conmina a actuar regido por los principios de independencia orgánica, autonomía funcional, imparcialidad y participación ciudadana y, sobre todo, transparencia y celeridad en todos sus actos y decisiones, tal como lo establece el artículo 3 de la Ley Orgánica del Poder Electoral”.

Aseguran que desde el 3 de agosto están corriendo los 15 días continuos para que una comisión del organismo verifique si en el escrito para la solicitud de referendo, presentado por la MUD (el 2 de agosto), se cumplieron los requisitos para someter a la consideración del CNE el informe con la recomendación de “procedencia o improcedencia de la participación de apertura del procedimiento”. Según los profesores, ese informe a la entidad pudo haberse dado el 15 de agosto. Para la oenegé, este período vence este 19 de agosto.

Para la aprobación de ese informe, agregan los juristas, no existe plazo predeterminado en la norma, pero ello no debería requerir más de tres días hábiles, dado que para el momento de su consideración ya habrá sido revisado por la comisión del CNE que lo recibió: “Esos tres días hábiles podrían ser el 16, el 17 y el 18 de agosto”.

La decisión, entonces, debe ser notificada a la MUD a más tardar el 19 de agosto. Luego de esto, detallan, y siempre según la norma, la Junta Nacional Electoral propondrá al CNE dentro de los 15 días hábiles siguientes, los centros de recepción de las firmas, es decir, entre el 22 de agosto y el 9 de septiembre.

La recepción de las firmas, aducen, debería realizarse en un máximo de tres días continuos que fijará el CNE. No obstante, los juristas señalan que el tiempo de la recepción de las firmas no está preestablecido en la norma, ya que lo que está regulado es lo que deben contener las firmas y cómo se recogerán las huellas. “Si el martes 13 de septiembre se fijare la oportunidad para la recolección”, “esta podría ocurrir durante los días 16, 17 y 18 de septiembre”, dice el comunicado.

Precisan los expertos que, recibidas las firmas, la Junta Nacional Electoral las verificará y contará en un plazo no mayor de 15 días hábiles –según la norma–, es decir, a más tardar el 7 de octubre. “Verificada y cuantificada la recepción del 20% del padrón, dentro de los tres días siguientes, podría ser convocado el referendo revocatorio. Vale decir, podría ser convocado o el sábado 8 de octubre o el domingo 9 o el lunes 10”.

“Acceso a la Justicia debe alertar, con las normas en la mano, que Lucena no dijo la verdad”, advirtió la organización en una publicación disponible en su sitio web.

Resulta sorprendente y además inexplicable –añade la oenegé– que el CNE deje un tiempo muerto entre el 9 de septiembre y la semana del 24 de octubre (más de 45 días) sin que esté estipulado en ninguna parte.

Los pronunciamientos de Acceso a la Justicia y del grupo de profesores de Derecho Público son taxativos al señalar que la exposición ofrecida por Lucena viola la Resolución 070906-2770, de 2007, que regula los referendos revocatorios en ausencia de una Ley de Referendos que tiene una mora de 17 años en su expedición.

El grupo de profesores afirma que, ante las actitudes asumidas por el organismo en la fase previa del proceso, para obstaculizar el ejercicio del derecho del revocatorio “al margen y en contra de lo previsto en el ordenamiento jurídico”, “luce como legítimo y conveniente dudar de las afirmaciones de la señora Lucena (…) al referirse a las actividades que deben cumplirse por parte del CNE”. Agrega la nota, que sus afirmaciones, “pretendidamente sustentadas en una muy interesada apreciación de la experiencia acumulada del CNE, en una sesgada interpretación de los principios constitucionales (…) así como en una insincera invocación a la necesidad de un estricto apego a la legalidad y a los requerimientos técnicos, logísticos y operacionales parecieran anunciar nuevos obstáculos ilegales e inconstitucionales que prolongarían indebidamente el proceso (…)”.

El artículo 72 de la Constitución señala que todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables y que transcurridos los primeros cuatro años del mandato se podrá pedir la convocatoria de un referendo. Pero, si el revocatorio se realiza después del 10 de enero de 2017 –cuando empieza el cuarto año del mandato–, la Constitución prevé que la falta absoluta del presidente sea llenada por el vicepresidente hasta completar el período. Si el revocatorio se hace y gana antes de esa fecha, se debe llamar a comicios presidenciales.

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