Exclusivo

Justicia local debe resolver litigio sobre tierras canaleras

Justicia local debe resolver litigio sobre tierras canaleras
El procurador de la Administración, Rigoberto González. Archivo

Una opinión del procurador de la Administrador, Rigoberto González, advierte que quienes pretendan obtener indemnizaciones por tierras expropiadas por Estados Unidos para la construcción del Canal y la instalación de bases militares deberán establecer sus reclamaciones ante los tribunales panameños.

La opinión de González está contenida en una consulta elevada por el secretario ejecutivo de Asuntos Jurídicos de la Presidencia, Harley Mitchell, sobre reclamaciones de derechos sucesorios de fincas ubicadas en territorios canaleros, luego de la solicitud hecha por familiares del ciudadano Romano Emiliani, quienes reclaman 7 mil hectáreas de tierra que en la actualidad ocupa la Zona Libre de Colón y que fueron expropiadas por Estados Unidos.

Los reclamantes aducen que un fallo de una Corte de Estados Unidos reconoció que tenían derecho a una compensación, por lo que la misma ahora debería ser afrontada por Panamá.

Sin embargo, según el procurador González, para ello se requiere de una sentencia emitida por un juzgado panameño. González concluye que en este caso, Estados Unidos “está liberado con respecto al pago de la compensación por el uso de las tierras en cuestión, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 del artículo XIII de los Tratados Torrijos-Carter, por lo que los herederos del Sr. Romano Emiliani deben continuar con el proceso judicial, que, de acuerdo a la consulta, mantienen en el Juzgado Segundo Civil de Colón”.

Sin embargo, González detalla que la opinión expresada no constituye un pronunciamiento de fondo y no tiene carácter vinculante.

Señala que “la sentencia de la Corte Distrital de Estados Unidos, Zona del Canal, División de Cristóbal de 1921, que le reconoció plenos derechos sobre las tierras en cuestión, siendo así que ahora el pago de la compensación le correspondería en la República de Panamá”.

Pero González advierte que para reconocer estos derechos, se requiere de una sentencia de un tribunal panameño, a la luz de lo dispuesto en los artículos 277 y 278 de la Constitución.

El primero de ellos establece que no podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido autorizado por la Constitución o la ley. Mientras que el segundo precisa todas las entradas y salidas de los tesoros públicos deben estar en el presupuesto.


Última Hora

  • 23:40 Consulta sobre los manglares de Chiriquí entra en su recta final  Leer más
  • 23:08 Conferencia de prensa desde el Palacio de Las Garzas Leer más
  • 22:02 Minsa cancela el registro sanitario y ordena retirar del mercado el perfume Paco Rabanne Black XS Leer más
  • 22:01 Google conectará a Panamá con Chile y Dominicana a través de dos cables submarinos de fibra óptica, confirma la AIG  Leer más
  • 21:48 Murillo y Vergara avanzan a los playoffs europeos con Beşiktaş y KAA Gent Leer más
  • 21:19 Seis helicópteros, un destructor y un simulacro de asalto: así cerró Panamax 2026  Leer más
  • 21:13 Antetokounmpo regresará a Milwaukee en enero con la camiseta de los Miami Heat Leer más
  • 21:06 Investigan nexos entre el asesinato de la futbolista Ivis Ubarte y ataque en discoteca en Antón   Leer más
  • 20:33 Chapman presenta en la Asamblea proyecto de exoneración parcial para viviendas nuevas Leer más
  • 20:16 Muere expúgil puertorriqueño Prichard Colón 10 años después de sufrir lesiones cerebrales Leer más