La Asamblea Nacional aprobó, por insistencia, el proyecto que otorga beneficios a los mártires sobrevivientes de la gesta patriótica de los días 9, 10, 11 y 12 de enero de 1964, sus dependientes y familiares.
El ciudadano que considere que tiene derecho a algún beneficio por su participación en aquellos sucesos que dejaron más de 20 muertos, debe presentar su testimonio personal, fotos, recortes de periódicos, testigos, certificados médicos y cédula de identidad.
La ley fue aprobada por el presidente de la Asamblea, Marcos Castillero, en base al artículo 172 de la Constitución, que le otorga facultad de promulgar leyes cuando el Ejecutivo no cumpla con su deber de sancionar o objetar los proyectos de ley, en un plazo de 30 días.
Esta norma fue aprobada en enero pasado, pero entró en vigencia el pasado jueves tras su publicación en Gaceta Oficial.
No precisa el monto del beneficio, pero plantea que la pensión vitalicia debe permitir vivir con “decoro y bienestar”, que abarque vestuario, alimentación, transporte, salud, vivienda, agua, luz, becas y educación.
Lo referente a las becas será determinado por una comisión integrada por representantes de los ministerios de Educación, de Salud y de Desarrollo Social, así como de la Asociación de Centinelas del Canal y tres miembros de los beneficiarios de la ley.
La Asamblea Nacional aprobó este proyecto en abril de 2019.
