Para los comicios generales de 2024, la ciudadanía tendrá la opción de ver y escuchar las estrategias y planes de los candidatos presidenciales en tres debates y no dos, como contemplaba anteriormente el Código Electoral.
Así quedó plasmado en las nuevas reglas electorales avaladas por la Asamblea Nacional y sancionadas el mes pasado por el presidente de la República, Laurentino Nito Cortizo, en la Ley 247 de 2021, que reformó el Código Electoral.
De acuerdo con la modificación de la norma , el Tribunal Electoral (TE) cubrirá los costos de producción y estará a cargo de la organización de los tres debates, los cuales deberán ser transmitidos en directo por los medios de comunicación televisivos y radiales del país de forma gratuita.
“Los medios radiales y televisivos digitales se podrán incorporar a la transmisión sin costo alguno. El Tribunal Electoral podrá realizar debates para todos los cargos de elección popular en las distintas circunscripciones electorales”, añade la norma.
Esta propuesta forma parte de las innovaciones que a juicio de los magistrados del Tribunal Electoral contiene la Ley 247.
En un informe a la nación, los magistrados del TE también plantean como una innovación la reducción “significativa” de la vigencia del fuero penal electoral, que ahora queda limitado a los periodos de campaña, ya sea de primarias o de las elecciones generales, y hasta el día después en que quede en firme la proclamación del cargo por el cual compitió el candidato.
También que se estableció el fuero penal electoral para los candidatos independientes y en este caso tendrá vigencia desde que éstos sean reconocidos como candidatos y hasta el día siguiente de la ejecutoria de la proclamación en la elección en que participen.
Se elimina el fuero penal electoral para los candidatos de los partidos políticos en sus elecciones internas y solo quedó para los dignatarios.

