El Juzgado Duodécimo Penal advirtió que la petición a Estados Unidos para extraditar a los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares, acusados de la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales, se ajusta a derecho y que ese despacho puede continuar con la gestión del trámite.
Así lo decidió el juez Óscar Carrasquilla al rechazar un recurso de nulidad de la defensa de los Martinelli Linares, detenidos en Guatemala desde el pasado 6 de julio a raíz de una solicitud de extradición de Estados Unidos, después que estos abandonaran ese país, donde también se les requiere por presunta conspiración para lavar dinero y lavado de dinero ligado a Odebrecht.
Solicitud a EU para extraditar a los Martinelli es válida
El Juzgado Duodécimo Penal rechazó un incidente de nulidad presentado por la defensa de los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli –acusados de la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales a través de Odebrecht–, que pretendía dejar sin efecto la solicitud de extradición hecha por la Fiscalía Especial Anticorrupción a Estados Unidos (EU) cuando ambos se encontraban en ese país.
En un fallo con fecha del 19 de agosto de 2020, el juez Óscar Carrasquilla negó un incidente para declarar nula la investigación seguida a los hermanos Martinelli Linares, con el argumento de que la fiscalía no tenía facultad para girar una orden de arresto con fines de extradición contra sus clientes.
El recurso, presentado por el abogado Carlos Carrillo Gomila, sostiene que la Fiscalía Especial Anticorrupción no estaba facultada para realizar dicha acción penal, ya que ello solo era facultad del juez que conociera la causa.
El documento de Carrasquilla no precisa fechas; sin embargo, fuentes del Ministerio Público informaron que el recurso fue presentado “en la primera semana” de julio pasado.
La acción legal, impulsada por la defensa de los hermanos Martinelli, detenidos en una cárcel en Guatemala desde el 6 de julio de 2020, planteaba que en este caso corresponde al juez solicitar la extradición.
Sin embargo, la Fiscalía Especial Anticorrupción, al oponerse al recurso presentado por Carrillo, sostuvo que este caso se inició el 22 de diciembre de 2016, por lo que su tramitación se realizaba bajo la reglas del sistema mixto inquisitivo y no bajo las reglas del sistema penal acusatorio.
Fiscalía sí es competente para hacer la petición
Por lo tanto, en este caso es aplicable el artículo 2497 del Código Judicial, en el que se plantea “que la extradición de personas reclamadas por autoridades panameñas se gestionará por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, a solicitud del juez que hubieses dictado el auto de enjuiciamiento o sentencia, o del funcionario correspondiente a cuyo cargo estuviere la instrucción del proceso por el delito de que se trate”.
El fallo de Carrasquilla, además de coincidir con la fiscal en estos aspectos, agrega que un fallo de la Sala Penal, bajo la ponencia del exmagistrado Jerónimo Mejía, detalla que se tramitarán bajo Código Procesal Penal todos aquellos casos en los que no se ha iniciado ningún trámite o procesamiento y que esta disposición comenzaba a regir a partir del 1 de enero de 2018.
Las pesquisas que involucran a los hermanos Martinelli se iniciaron a partir del 22 de diciembre de 2016, luego de que una asistencia judicial solicitada por las autoridades suizas dejara al descubierto la posible vinculación de ambos con la presunta recepción de fondos del departamento de operaciones estructuradas de Odebrecht. A través de este departamento, según los ejecutivos de la empresa, se gestionaban las coimas.
El 23 de enero de 2017, la fiscalía imputó cargos a los hermanos Martinelli, luego de que investigaciones realizadas en Brasil, Estados Unidos y Suiza sobre el pago de sobornos por Odebrecht, los señalaran como implicados en el caso.
Según las pesquisas, estos hechos se remontarían al período 2010-2012, a razón de su influencia y posición dentro de la estructura estatal.
Ya el 11 de marzo de 2019, la Corte Suprema de Justicia había rechazado un amparo de garantías constitucionales presentado por la defensa de los Martinelli contra la solicitud de extradición realizada por la fiscalía.
En esa ocasión, la Corte determinó que la fiscalía no violó las garantías fundamentales de ambos investigados, luego de que en febrero del 2017 se emitió una alerta roja a través de Interpol para su arresto.
