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DEBATE LEGISLATIVO

Empresas corruptas no podrían licitar con el Estado

Empresas corruptas no podrían licitar con el Estado
Los diputados aprobaron artículos del proyecto luego de escuchar la opinión de distintos sectores.Raúl Valdés

La comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional inició ayer el proceso de votación del proyecto de ley 10, que reforma el régimen de contrataciones públicas. La comisión dividió en tres grupos los artículos de la reforma legal y aprobó los dos primeros grupos de artículos.

Entre lo aprobado está la incapacidad legal para contratar a empresas y personas condenadas por corrupción.

En el caso de personas naturales, quedarán incapacitadas las que hayan sido condenadas por sentencia judicial definitiva en los cinco años que anteceden al acto público por la comisión de delitos contra la administración pública; delitos contra el orden económico; delitos contra la seguridad colectiva; delitos contra el patrimonio económico; y delitos contra la fe pública, con penas de prisión de uno o más años por un tribunal panameño o extranjero.

Para las compañías, quedarán incapacitadas cuando hayan sido condenadas por sentencia judicial definitiva por la comisión de los delitos citados anteriormente por un tribunal panameño o extranjero, “siempre que el delito esté vinculado a las actividades de la empresa o a sus empresas afiliadas, consorciadas o accionistas”.

Tampoco podrán ser contratadas las personas y empresas que hayan alcanzado acuerdos de colaboración judicial o acuerdos de pena, en donde reconocen la comisión de delitos contra la administración pública; contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva; delitos contra el patrimonio económico; y delitos contra la fe pública.

En el caso de las personas, quedarán incapacitadas las que hayan sido condenadas cinco años antes del acto público, pero para las empresas no se establece un límite temporal, lo que ha generado distintas interpretaciones de lo aprobado.

Para el diputado independiente Gabriel Silva, las empresas condenadas en el pasado o que llegaron a un acuerdo de colaboración premiada con la justicia, como Odebrecht o las implicadas en el caso Blue Apple, no podrían participar en licitaciones a futuro.

Sin embargo, el diputado Luis Cruz, que preside la Comisión de Comercio, dijo que se busca que a partir de la promulgación de la ley las empresas condenadas no sean contratadas por el Estado. “Nosotros estamos legislando para el futuro. Las empresas que hayan hecho algún acuerdo en el pasado, lo hicieron dentro del marco de la ley... La legislación que estamos aprobando ahora inhabilita a aquellas que cometan un delito a partir de la promulgación de la ley”.

El director general de Contrataciones Públicas, Raphael Fuentes, dijo que los que hayan firmado acuerdos de delación no podrán contratar con el Estado, pero se tendrá que respetar el contenido del acuerdo. De manera que si el acuerdo incluye explícitamente que la empresa puede contratar, no quedaría inhabilitada.

Consultado sobre los casos específicos de Odebrecht y las firmas involucradas en el escándalo Blue Apple, dijo desconocer el contenido de los acuerdos, pero explicó que si dentro de lo escrito está la habilitación de contratar a la compañía, la Ley no puede ir por encima de lo pactado. “Todos los acuerdos de delación son aprobados por un juez y tenemos que respetarlos”, apuntó.

El diputado Cruz añadió que en el segundo debate se puede incluir algún tipo de modificación para mejorar la ley. La sesión será retomada el próximo martes para votar en primer debate el tercer y último grupo de artículos. Si es aprobado, pasaría al pleno de la Asamblea para el segundo debate.


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