Una nota del procurador de la Administración, Rigoberto González, dirigida al administrador de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati), José Gabriel Montenegro, advierte que el Estado nunca perderá la titularidad de las tierras que se encuentren dentro de áreas protegidas, es decir, que no pueden ser tituladas por particulares.
El documento —con fecha del 22 de junio de 2021— también deja de manifiesto la diferencia de criterios que existe entre la Anati y los ministerios de Ambiente y de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), sobre el tema de titular en el Parque Nacional Portobelo, en la provincia de Colón.
El escrito de González surge en respuesta a una consulta que le hizo el administrador de la Anati sobre la posibilidad de titular un polígono dentro del Parque Nacional Portobelo, para reubicar a familias que residen en zonas de riesgo o cerca del sitio histórico, donde se encuentran los fuertes coloniales.
Esta área protegida fue creada en 1976 y tiene una extensión de poco más de 35 mil hectáreas. Tanto las fortificaciones históricas como el centro de Portobelo están dentro de sus límites.
Planteamiento jurídico
Como parte de sus planteamientos, el procurador de la Administración se refirió al artículo 258 de la Constitución, el cual señala que pertenecen al Estado y son de uso público y, por consiguiente, no pueden ser objeto de apropiación privada: el mar territorial, el espacio aéreo y los demás bienes que la ley defina como de uso público. En este último grupo están las áreas protegidas.
También se refirió a la Ley 41 de 1998 (Ley de Ambiente), la cual en su artículo 51 establece que las áreas protegidas son bienes de dominio público y serán reguladas por el Ministerio de Ambiente. Además, apeló a la normativa 80 de 2009, que indica que no serán objeto de titulación las zonas de manglares, los territorios indígenas y comarcales, las áreas protegidas, entre otras.
“ No hay una definición de cuál va a ser el destino de las personas. El Ministerio de Ambiente emitió su criterio y lo respetamos”.
Rogelio Paredes, ministro de Vivienda
En su recomendación, González indica que tomando en cuenta lo que dice la normativa y un fallo del pleno de la Corte Suprema de Justicia, sobre los bienes de dominio público podrá recaer un uso especial fundamentado en relaciones jurídicas formalizadas con los particulares (concesión), sin embargo, el Estado, aún existiendo esos nexos jurídicos, no perderá la titularidad de estos bienes.
Usó como ejemplo el Programa de Catastro y Titulación de Tierras en la cuenca del Canal, que contiene un plan de incentivos económicos ambientales para productores del área, el cual es regido por la Anati y ejecutado por la Autoridad del Canal de Panamá. Eso sí, resaltando que los bienes de dominio público, como las áreas protegidas, no podrán ser titulados ni objeto de apropiación privada.
Posiciones distintas
En la nota a Anati, el procurador de la Administración hace observaciones sobre “dos criterios antagónicos” relativos a la viabilidad de la titulación privada en un polígono dentro de una reserva ecológica.
Por un lado está el Ministerio de Ambiente, el cual al ser consultado por González, planteó que las áreas protegidas son terrenos pertenecientes al Estado y aquellas personas que no cuenten con título de propiedad previo a la creación de la reserva, no pueden pueden pedir la titulación.
A la misma consulta, la Anati y el Miviot coincidieron en que existe la posibilidad legal de titulación dentro del polígono de terreno identificado para la reubicación de familias con todas las restricciones que establezca la ley.
Para el ministro de Vivienda, Rogelio Paredes, se trata de un tema complejo, pues el pueblo está dentro del área protegida, lo que dificultaría la titulación de estas tierras.
“De momento no hay una definición clara de cuál va a ser el destino para estas personas. El Ministerio de Ambiente emitió su criterio y nosotros lo respetamos”, manifestó Paredes, quien subrayó que el Miviot se encuentra evaluando otra opción de terreno un poco más apartada de Portobelo.
En palabras del ministro, lo que se busca es poder aportar una solución que resuelva el hacinamiento de viviendas en la parte histórica del pueblo de Portobelo.
De acuerdo con el exdirector de Patrimonio Histórico y exdirector del Patronato de Portobelo y San Lorenzo, Wilhem Franqueza, en esa área hay muy pocas propiedades con título y la mayoría tiene la figura de “contrato de arrendamiento” con el Municipio de Portobelo, la cual les permite hacer mejoras a sus viviendas, pero las tierras no le pertenecen.
“El problema allí es que el parque natural no permite que se expanda el ejido urbano. Una solución sería cambiar la zonificación para que se puedan levantar viviendas en aquellas zonas agrícolas o ganaderas ya impactadas dentro del sitio natural”, propuso Franqueza, quien dijo que si los jóvenes de Portobelo no pueden asentarse en su pueblo, la cultura congo se perderá con el tiempo.
Susana Serracín, de la Alianza para la Conservación y el Desarrollo, consideró que el análisis de la Procuraduría de la Administración sobre la posibilidad o no de titular tierras dentro de parques nacionales, reviste una importancia crucial para la gobernanza de las áreas protegidas.
“Exhortamos a las autoridades el respeto por los derechos de la naturaleza, la correcta aplicación de la ley y la promoción de un diálogo constructivo para una sabia toma de decisiones. De ello depende nuestro futuro”, remarcó Serracín.


