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Área protegida de Isla Iguana pasará de 148 hectáreas a unas 650 hectáreas: Miambiente

Área protegida de Isla Iguana pasará de 148 hectáreas a unas 650 hectáreas: Miambiente
Isla Iguana, en el distrito de Pedasí, en la provincia de Los Santos. Archivo

Desde este mes de febrero, el área protegida de isla Iguana es tres veces más grande. El decreto que regulaba desde hace 40 años esta zona, perteneciente al distrito de Pedasí, en la provincia de Los Santos, fue subrogado por el Decreto Ejecutivo No. 1, del 2 de febrero de 2022.

El nuevo decreto, que ya fue publicado en Gaceta Oficial, declara Refugio de Vida Silvestre a isla Iguana, las tierras, agua, fauna e instalaciones de la isla, a una distancia de 4 mil 700 metros de la costa, entre los ríos Purio y Pedasí, con un polígono total de 6.5 kilómetros cuadrados, equivalentes a 650 hectáreas.

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Decreto Isla Iguana.pdf

Según un estudio técnico realizado por el Ministerio de Ambiente (Miambiente), la dimensión de este refugio de vida silvestre, que era originalmente de 148.23 hectáreas, pasará a un perímetro de 650.9 hectáreas, lo que significa un incremento que cuadruplica la antigua cobertura protegida de ecosistemas y grupos de importancia ecológica y comercial.

En el informe técnico preparado por Miambiente se establece que en el refugio de vida silvestre existen zonas de importancia ecológica, cercanas a isla Iguana, que con la normativa anterior se habían quedado fuera de la protección —sectores esenciales para la reproducción de ballenas jorobadas, arrecifes rocosos, que son importantes para la reproducción y resguardo de peces e invertebrados marinos, que requieren determinadas condiciones para su protección— y ahora forman parte de la delimitación.

El documento también señala que Miambiente realizará las demarcaciones o señalizaciones necesarias y ejercerá sus funciones en colaboración con demás autoridades correspondientes.

Área protegida de Isla Iguana pasará de 148 hectáreas a unas 650 hectáreas: Miambiente

El área protegida fue establecida desde 1981, a través del Decreto Ejecutivo No. 20, de 15 de junio de ese año, como área terrestre o acuática sujeta al manejo para garantizar la conservación y mantenimiento de ecosistemas o hábitats de especial importancia para sostener comunidades y poblaciones de flora y fauna residente o migratoria de interés local, nacional e internacional.


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