El pleno del Tribunal Electoral (TE) emitirá dos decretos reglamentarios, producto de la entrada en vigencia de la Ley 29 de mayo de 2017, que reforma el Código Electoral.
Así lo informó a este diario el director de Comunicaciones del TE, Humberto Castillo, quien, sin precisar fechas, dijo que el primer decreto reglamentará la apertura de cuentas bancarias únicas.
Según el artículo 190-B del código, los candidatos “están en la obligación de registrar todas las contribuciones privadas que reciban y los aportes de sus propios recursos para las campañas, a través de cualquier institución bancaria del país”.
Siguiendo esa misma línea, los candidatos en circunscripciones mayores de 5 mil electores deben tener una cuenta de banco única de campaña para manejar todos sus ingresos y gastos. Los candidatos en circunscripciones de menos de 5 mil electores deberán llevar solamente registros contables. Ambos estarán sujetos a la auditoría del TE.
Según Castillo, ya el pleno del TE se ha reunido con representantes de la Superintendencia de Bancos, de la Asociación Bancaria y del Banco Nacional de Panamá “para que, como parte actora, hagan sus aportes y se emita un documento de consenso”.
El segundo decreto será para establecer los alcances en la definición del término “campaña electoral”, es decir, qué se puede hacer y qué no se puede hacer en este período, que será de dos meses antes de los comicios.
