El presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionó la Ley 129 del 17 de marzo de 2020 que crea el sistema privado y único de registro de beneficiarios finales de personas jurídicas.
La iniciativa, aprobada el pasado 20 de febrero en tercer debate por la Asamblea Nacional, amplía la cantidad de autoridades competentes que pueden solicitar información al registro único, que será creado por la Superintendencia de Sujetos No Financieros.
Una ley que fue vetada parcialmente
El 19 de diciembre de 2019 este proyecto fue aprobado por el Legislativo. Pero el Ejecutivo lo vetó, porque se decía que el agente residente no respondía por la veracidad de la información que aportaba.
Ahora señala que no será responsable, pero debe “realizar las debidas diligencias” para cumplir con esta ley.
Esta legislación pretende facilitar la salida del país de la lista gris del Grupo de Acción Financiera y otras clasificaciones discriminatorias.
En el artículo 3 se señala que “todo abogado o firma de abogados que preste sus servicios profesionales como agente residente para una o más personas jurídicas constituidas o registradas en Panamá deberá registrarse y mantener vigente su registro ante la Superintendencia de Sujetos No Financieros”.
Este último organismo, a su vez, fue creado mediante la Ley 124 del 7 de enero de 2020 para cumplir estándares internacionales en materias de prevención del blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.

