[CASO NÓOS]

Se impone el estado de derecho

La Audiencia Provincial de Palma ha dictado sentencia por el caso Nóos, ocho meses después de que concluyera el juicio y tras años de investigaciones y procedimientos. Frente a los que aseveraban que nadie se atrevería a investigar y juzgar a un miembro de la familia real, la justicia ha actuado de forma eficaz, ha sentado en el banquillo a quien ha considerado oportuno y ha decidido con independencia. Queda demostrado que en España funciona el estado de derecho y que nadie está por encima de la ley.

Los 17 acusados, entre los que se encontraban la hermana del rey, Cristina de Borbón, y su marido Iñaki Urdangarin, han recibido el mismo trato procesal, tanto durante el período de instrucción como en el juicio oral. Este fallo judicial certifica el fin de la sensación de impunidad que acompañaba en España a los asuntos en que están implicados altas personalidades, y hay que resaltar que se ha juzgado a un miembro de la familia real, como nunca se había hecho en otras casas reales europeas.

Cabía esperar un fallo justo y equilibrado, y así ha sido. Respetando todas las opiniones, es razonable que la Audiencia de Palma haya optado por seguir la petición del fiscal para absolver a la infanta, a la vista de los informes del abogado del Estado y del Ministerio de Hacienda. Las magistradas consideran que no hay delito en su caso, aunque habrá de pagar una multa de más de 280 mil dólares como partícipe a título lucrativo. Se zanja también el bochornoso espectáculo ofrecido por la organización Manos Limpias, que pedía ocho años de cárcel para Cristina de Borbón mientras actuaba de forma presuntamente delictiva junto a otra organización oscura, Ausbanc, intentando chantajear al entorno de la infanta para retirar su acusación.

En cuanto al resto de la sentencia, la Audiencia de Palma ha fijado unas penas muy inferiores a las solicitadas por la fiscalía, ha absuelto a 11 de los 17 acusados y ha desestimado algunos casos, como los sucedidos en Madrid y Valencia. La mayor condena recae sobre Diego Torres, socio de Urdangarin, y la segunda más alta en el marido de la infanta, aunque muy inferior (6 años y 3 meses de cárcel) a los 19 años solicitados por el fiscal para Urdangarin. Que el yerno de don Juan Carlos se condujo erróneamente desde el principio ha quedado acreditado: abusó de su posición de privilegio incurriendo, como la sentencia concluye, en delitos tan graves como la prevaricación, falsedad, malversación de caudales públicos, fraude, tráfico de influencias y delitos contra la hacienda pública. Pese a ello, se empeñó en negar cualquier irregularidad, forzando a don Juan Carlos a separarle, junto con doña Cristina, de toda actividad oficial en diciembre de 2011. La sentencia confirma que la estrategia adoptada por Cristina de Borbón desde que se iniciara la investigación contra su marido ha sido errónea. Si hubiera renunciado a sus derechos dinásticos, como le pidió el rey en repetidas ocasiones, hubiera sido mejor para ella y para la imagen de la monarquía. Afortunadamente, la distancia mantenida por el rey Felipe VI ha sido encomiable y devuelve a la jefatura del Estado toda la dignidad que se espera de un órgano constitucional que debe caracterizarse por la ejemplaridad.

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