‘Colaborar’ es, según el Diccionario de la lengua española, “trabajar con otra u otras personas en la realización de una obra”. A la Academia preguntan si ‘colaborador’ se refiere exclusivamente a quien recibe salario. Pues no: los columnistas, por ejemplo, “colaboran” con sus artículos y por esto pudieran recibir remuneración. O simplemente no. Lo que sí debemos advertir es sobre el uso, bastante extendido ya, de las formas pronominales (me, le, nos…) con este verbo. Citamos del Diccionario panhispánico de dudas: “En el habla coloquial de algunos países americanos, especialmente en Colombia, el complemento de persona, cuando es pronominal, se expresa a menudo mediante el pronombre de dativo [complemento indirecto], uso que conviene evitar en el habla formal: ‘Quería que yo le colaborara”. Por estas razones, se recomienda no generalizar su uso y emplear otras formas con el propósito de variar las formas que, por maña o costumbre, suelen colarse en la lengua conversacional. Decir ‘empleado’ o ‘funcionario’, para referirse a quienes trabajan para el Estado o la empresa privada no debe constituirse una actitud lingüística de poco prestigio. Con respecto a ‘funcionario’, recuérdese que, según el Diccionario, se trata de “persona que desempeña profesionalmente un empleo público”, de manera que constituye una reiteración innecesaria la forma ‘funcionario público’, pues la palabra ‘público’ está dentro del significado de ‘funcionario’. La Academia dice: Un buen usuario es quien maneja con propiedad su lengua. Velemos por su correcto y apropiado uso y defendamos su variedad y riqueza.
LA VOZ DE LA ACADEMIA
Sobre ‘colaborar’ y ‘funcionario público’
30 jun 2016 - 06:00 AM
