La Corte Suprema de Justicia rechazó una petición para reformar la sentencia de 11 de agosto de 2014 que declaró inconstitucional la Ley 24 de 8 abril de 2013 que creó la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), que fuera presentada por el abogado Miguel Antonio Bernal.
Bernal había solicitado el 24 de septiembre pasado a los magistrados de la Corte que se incluyera en el fallo que declaró inconstitucional la ANIP, el contrato celebrado entre esa institución y la empresa Cobranzas del Istmo.
Según los magistrados de la Corte, la petición hecha por Bernal es extemporánea, ya que se realizó en fecha posterior a cuando el fallo se encontraba debidamente ejecutoriado.
Señalan que la acción legal se presentó dos días después que se desfijara el edicto de notificación en la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, que notificó a las partes de la decisión de la Corte de declarar inconstitucional la ley de la Anip.
También plantearon que este tipo de solicitudes solo son procedentes cuando existe la posibilidad del juzgador de aclarar o corregir la parte resolutiva de las sentencias dictadas como administradores de justicia, tal como lo establecen los artículos 2568 y 999 del Código Judicial.
