El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate este martes, 13 de octubre, el proyecto de ley 243, presentado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el cual reforma artículos del Código Judicial, sobre medidas de transparencia y celeridad en la administración judicial.
El proyecto le fija términos a los magistrados, para presentar el proyecto de resolución de sentencia.
Los términos están contenidos en el articulo 519 y 520 del Código Judicial y el magistrado sustanciador podrá solicitar una prórroga razonada de hasta 15 días.
La iniciativa también contiene medidas de celeridad para la tramitación de expedientes en los Tribunales Colegiados con el fin de que, cumplido el término para presentar el proyecto de sentencia sin oportunidad de efectuar la respectiva elaboración, el magistrado sustanciador pueda solicitar una sola prórroga razonada de hasta 15 días.
No obstante, si el magistrado no pudiera entregarlo en este término, el presidente de la Corte o sala respectiva los separara del conocimiento del proceso.
El proyecto incluye, además, la obligación de los magistrados de actualizar su declaración jurada de bienes durante los 10 primeros días del inicio de cada año.
La propuesta ordena también que las audiencias que realice el Órgano Judicial serán públicas y podrán ser transmitidas por los medios de comunicación social estatales y por aquellos que lo soliciten.
También establece que la CSJ deberá presentar a la ciudadanía durante el mes de marzo de cada año, un informe o memoria sobre el estado de la gestión del Órgano Judicial.

