Como un “ataque evidente a la libertad de prensa”, calificó ayer el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa de la Sociedad Interamericana de Prensa, Claudio Paolillo, al fallo del Juzgado Decimotercero Civil que condenó a Corporación La Prensa a pagar 600 mil dólares en concepto de daño moral a David y Daniel Ochy, propietarios de Transcaribe Trading.
“Es un claro, evidente, y terminante ataque a la libertad de prensa”, reiteró Paolillo, quien dijo, además que la jueza Melina Robinson obvió aspectos fundamentales consignados en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. Mientras que el Fórum de Periodistas por las Libertades de Expresión e Información y el Consejo Nacional de Periodismo, en sendos comunicados, expresaron que la condena impuesta por Robinson supone una amenaza al papel que ejercen los medios de comunicación.
‘INACEPTABLE FALLO JUDICIAL’
Múltiples voces cuestionaron el fallo de la jueza Melina Robinson, del Juzgado Decimotercero Civil, que condenó a Corporación La Prensa a pagar $600 mil en concepto de daño moral a los empresarios David y Daniel Ochy, propietarios de la constructora Transcaribe Trading (TCT).
La mayoría de los consultados objeta el hecho de que se condene al medio, obviando que la información que se dio a conocer se basó en documentos oficiales que tienen interés público.
Claudio Paolillo, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), manifestó desde Uruguay que esta acción “supone un ataque evidente a la libertad de prensa”.
“Los artículos y las informaciones publicadas por La Prensa eran de claro interés público, porque se referían a contratos hechos por el Estado en base a dineros públicos. Las empresas que contratan con el Estado están siempre sujetas a un escrutinio mayor del que no contrata con el Estado. Están usando dineros públicos para hacer obras, para hacer puentes, para hacer aeropuertos, por lo tanto es absolutamente legítimo desde el punto de vista periodístico hacer investigaciones y exponer ante la ciudadanía en qué se gastan el dinero del pueblo”, argumentó.
Mientras que Eduardo Quirós, presidente del Grupo Editorial El Siglo - La Estrella, aseguró que esta condena obliga a reflexionar sobre una administración de justicia que castiga informar sobre temas de interés público. “Este fallo en el siglo XIX tal vez podría entenderse, pero en estos tiempos en que está claro el deber de los medios de informar a los ciudadanos sobre cómo se administran los fondos públicos, es inimaginable”, señaló.
Quirós manifestó además que este tipo de condenas ponen en riesgo la supervivencia misma de los medios de comunicación. “Confío en que la instancia que revisará este fallo de la jueza decimotercera civil corrija este entuerto”, agregó.
El dictamen del caso surge luego de una demanda por $6 millones interpuesta por los hermanos Ochy, tras publicaciones realizadas por La Prensa los días 31 de julio, 1 y 2 de agosto de 2012.
Argumentaron que las publicaciones, vinculadas con contratos estatales, fueron “falsas, temerarias, injuriosas y denigrantes”.
El periodista y analista político Guillermo Antonio Adames aseguró, por su lado, que “se trata de un oprobioso capítulo más que se está dando contra un medio de comunicación por hacer denuncias públicas sobre hechos sobre los que el medio tenía las pruebas correspondientes”.
“Evidencia el interés que hay, aparentemente, por unas personas de silenciar a los medios mediante prácticas cuestionables. Esto es una prueba más de la necesidad de rescatar la dignidad de la justicia [...]”, acotó.
Adames sostuvo, además, que “estos son los ataques que laceran la libertad de expresión”. “Esa hostilidad contra los medios es preocupante. Este es un elemento perturbador de la libertad de expresión”, sustentó.
Horas más tarde, el Fórum de Periodistas por las Libertades de Expresión e Información, gremio periodístico que preside Adames, emitió un comunicado, en el que eleva su más enérgica protesta por este “inaceptable fallo judicial, que vulnera la letra y el espíritu de la ‘Constitución’ y de los convenios de derechos humanos que en materia de libertad de expresión e información han sido suscritos por Panamá”.
‘EN ALERTA’
Mientras tanto, a través de un comunicado, el Consejo Nacional de Periodismo (CNP), que preside el periodista Atenógenes Rodríguez, se declaró “en alerta” por la condena dictada por el Juzgado Decimotercero Civil.
“Para el Consejo Nacional de Periodismo, la condena civil al diario La Prensa desconoce el alcance del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ignorando que los hechos publicados son de interés público y sin tomar en cuenta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado de manera reiterada que las publicaciones sobre asuntos de interés público deben estar debidamente protegidas”, señaló.
El gremio, que agrupa a directivos de distintos medios de comunicación, recordó además que la Declaración de Principios de Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, establece que en los asuntos de interés público debe probarse que el comunicador difundió noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia, algo que no ocurrió en este caso.
“El Consejo Nacional de Periodismo advierte la amenaza que esta sentencia ejerce sobre el papel crítico de los medios de comunicación a la administración pública, el rol de las actividades de los contratistas del Estado y la fiscalización a la discrecionalidad del uso de fondos públicos”, planteó.
Edwin Cabrera, comunicador y analista político, fue otro que se unió a las críticas. “Una vez más la administración de justicia panameña queda cuestionada. No porque se trate del diario La Prensa, sino por lo que representa un medio de comunicación social en una sociedad democrática”, dijo.
“El medio investigó, preguntó, verificó y publicó; consecuencias: intento de su cierre mediante un bloqueo con personal y camiones de la empresa en cuestión y no conforme con esto, ahora, un fallo en el que se dice hubo daño moral a los propietarios de TCT. Yo me pregunto: ¿y el daño moral contra la sociedad al bloquear e intentar impedir la salida de dos medios de comunicación social? ¿Eso no cuenta? O, ¿cuál daño ‘moral’ es más grave?”, opinó.
“Es inaceptable ese fallo, espero que las instancias superiores enmienden tamaña aberración”, añadió.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Paolillo también recordó que, en su fallo, la jueza Melina Robinson obvió principios fundamentales de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.
Específicamente el artículo 3, que establece que “toda persona tiene el derecho a acceder a la información sobre sí misma o sus bienes en forma expedita y no onerosa, ya esté contenida en bases de datos, registros públicos o privados [...]”.
Y el artículo 5, que dice: “la censura previa, la interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley [...]”.
LA GÉNESIS
De acuerdo con lo sustentado por el demandante, las notas periodísticas pretendían establecer que existió una “presunta maniobra irregular en el proyecto Paso Canoas-Puerto Armuelles”, insistiendo en una “inconveniencia de la obra y en el presunto escaso interés que sobre ella tiene la comunidad”.
Sostiene que las notas transmiten la imagen de que los demandantes son “traficantes de influencias, estafadores, aprovechadores e inmorales”, cuando en realidad son “empresarios serios y responsables, relacionados con los negocios atinentes a la agricultura y a la construcción de obras civiles, los cuales jamás han sido objeto de investigación por delito alguno”.
El abogado de La Prensa se opuso entonces a la reclamación, señalando que era improcedente la pretensión, dado que las publicaciones se ajustaban rigurosamente a las constancias oficiales y se referían a asuntos de relevancia e interés público, publicadas en ejercicio legítimo y regular de los derechos fundamentales de libertad de expresión e información reconocidos en la Constitución y los tratados de Derechos Humanos suscritos y ratificados por Panamá.
También sostuvo que los artículos publicados sobre los contratos asignados a TCT por el gobierno de Ricardo Martinelli, puntualmente el que se adjudicó para la rehabilitación de la carretera que une Puerto Armuelles con Paso Canoas, se sustentaron en información pública que reposa en el portal de Panamá Compra del Gobierno, en el Ministerio de Obras Públicas y la Contraloría General de la República.