La Sala Tercera Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) mantuvo una sanción de 5 mil dólares al Aeropuerto Internacional de Tocumen por infringir la legislación ambiental, al comprobar el lanzamiento de las aguas servidas de los aviones que llegan a esa terminal aérea al río Tocumen. En fallo unánime emitido el pasado miércoles 7 de enero los magistrados Víctor Benavides, Luis Ramón Fábrega y Abel Zamorano decidieron rechazar una demanda de nulidad presentada por la empresa Aeropuerto Internacional de Tocumen contra la Resolución ADRPM-AL-S-069-210 del 25 de febrero de 2010 expedida por la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam).La demanda de nulidad presentada por Tocumen se sustentaba en el hecho de que la sanción impuesta a la empresa no debió ser aplicada, ya que a pesar de ser una empresa administradora del aeropuerto ha realizado cuantiosas inversiones a fin de no afectar el medio ambiente y mitigar los efectos que producen las operaciones aeroportuarias derivadas de las actividades de las compañías aéreas que operan allí. Alegan, además, que han cumplido con las leyes de protección al medio ambiente.No obstante, un informe técnico de la Anam detalló que desde 2009 se vierten al río, sin ningún tipo de control, las aguas residuales generadas por los aviones que entran y salen del país por la terminal aérea.En su fallo los magistrados destacan que la actuación de la Anam se fundamenta en una evaluación técnica e inspecciones que confirman la existencia de daños al medio ambiente.También plantea que el artículo 106 de la Ley General de Ambiente establece la obligación de las personas naturales y jurídicas de procurar la prevención del daño y el control de la contaminación del medio ambiente en todo el país.
DAñO AL MEDIO AMBIENTE
Corte mantiene sanción a Tocumen
Una multa de 5 mil dólares fue impuesta en 2010 a la empresa estatal encargada de administrar la terminal aérea. La CSJ profiere fallo definitivo.
11 ene 2015 - 05:05 AM