CASO CAJA DE AHORROS

Niegan fianza de excarcelación a Riccardo Francolini y Rodrigo Arosemena

Según la auditoría interna se logró determinar que dicho desembolso se dio, sin haberse entregado los permisos requeridos para iniciar la construcción, y sin que se contara en el momento con la solicitud de crédito.

Niegan fianza de excarcelación a Riccardo Francolini y Rodrigo Arosemena
Niegan fianza de excarcelación a Riccardo Francolini y Rodrigo Arosemena

El Juzgado Décimo Tercero de Circuito Penal negó este martes 25 de octubre, el beneficio de fianza de excarcelación a Riccardo Francolini y Rodrigo Arosemena Pino, dentro del proceso que se les sigue por la supuesta comisión del delito contra la administración pública, en perjuicio de la Caja de Ahorros.

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Ambos están detenidos preventivamente desde el pasado 12 de octubre, en la sede de la Policía Nacional, en Ancón.

La decisión aprobada por la jueza Alina Hubiedo, se dio en sendas resoluciones N° 29 y 30, que resolvieron las solicitudes de fianza solicitadas en su momento por los abogados Aníbal Salas Céspedes, a favor de Francolini Arosemena, y Daika Levy, en representación de Arosemena Pino, ambos investigados por la Fiscalía Primera Anticorrupción a cargo de la Fiscal Tania Sterling.

En las resoluciones, la jueza señala que se encuentra acreditado el delito de peculado, en virtud del préstamo otorgado por la entidad bancaria en el gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014), cuando Francolini fungía como presidente de la Junta Directiva de la CA y Arosemena Pino como subgerente general.

La fiscal investiga el préstamo otorgado al consorcio HPC-CONTRATAS P&V para la construcción del nuevo Centro de Convenciones de Amador por la suma de $9 millones.

La jueza Hubiedo manifestó que en un informe de auditoría de la entidad bancaria "pudieron concluir que la auditoria fue catalogada con nivel de exposición de riesgo moderado".



Concluye la decisión de la juez Hubiedo que "se ha indicado en autos, que el préstamo fue cancelado... No obstante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 344 del Código Penal, si se reintegran los dineros y sus intereses objeto del delito, ello podría entrar a considerarse en otra fase del proceso, en caso de llegar a una etapa de dosificación judicial de la pena, pero los hechos investigados en esta causa se ajustan al tipo penal imputado".

Por ello, la juez negó el beneficio de excarcelación solicitado en favor de ambos investigados, tomando en consideración la gravedad de las acciones investigadas y las pruebas que acreditan la situación jurídico penal a ellos imputadas.


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