TRANSPARENCIA

Procuraduría impone requisito fuera de ley

La Ley de Transparencia señala que toda información pública en manos de agentes del Estado debe ser de “acceso libre” y facilitada sin “restricción”. No obstante, en la Procuraduría de la Nación han impuesto el uso de un formulario como condición para recibir las solicitudes de información que llegan a la entidad.



Ayer este diario envió, por mensajería, una carta al secretario general, Rolando Rodríguez, para conocer la cantidad de procesos en las fiscalías Anticorrupción.



La nota fue llevada al centro de correspondencias de la Procuraduría. El funcionario que atendió a este medio dijo que haría una “consulta” y, tras unos 20 minutos, regresó con un mensaje: Para recibir la nota hay que llenar un formulario. Y debe hacerlo el peticionario, en persona.



La Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia) no dice nada sobre tal requisito. Lo único que se exige para cada solicitud de información es que el peticionario acredite su nombre, cédula, dirección y número telefónico.



 Lo único que se exige para cada solicitud de información es que el peticionario acredite su nombre, cédula, dirección y número telefónico.



La misma ley, en su artículo 2, señala que toda persona tiene derecho a solicitar, “sin necesidad de sustentar justificación o motivación alguna”, la información de acceso público que esté en poder o es de conocimiento de las instituciones.



Consultado al respecto, Carlos Gasnell, presidente ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, señaló que la nota debió recibirse.



“El hecho de que tengan un formulario no invalida la solicitud hecha cumpliendo con la ley. Seguramente se van a amparar en la ley de procedimiento administrativo que permite a las instituciones crear formularios para unificar procedimientos. El formulario debe ser para facilitar el acceso no para limitarlo”, advirtió.

Procuraduría  impone requisito  fuera de  ley
Procuraduría impone requisito fuera de ley

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