La Procuraduría General de la Nación informó la tarde de este jueves 23 de diciembre que la Fiscalía Anticorrupción logró que se condenara a un empresario y a un exdirector del extinto Programa de Ayuda Nacional (PAN) por el delito de peculado, relacionado a la compra de manera irregular de instrumentos musicales.
El Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá declaró culpable de peculado este 16 de diciembre a Giacomo Tamburelli, ex director del PAN, y al empresario Roberto Carretero.
Por tal motivo, los sancionó con la pena de 4 años de prisión y como pena accesoria se le impone la prohibición para el ejercicio de funciones públicas por el término de dos años.
De acuerdo con el Ministerio Público, el delito probado se cometió a través de la adquisición irregular de instrumentos musicales destinados al Ministerio de Educación, a través del PAN.
“El fallo ordena el levantamiento de la fianza y las medidas cautelares, personales y aplicadas a los sentenciados, durante el desenvolvimiento del proceso”, indicó el juzgado.
Los hechos ocurrieron entre 2009 y 2014 cuando se emitieron órdenes de compra para la adquisición de instrumentos musicales y su distribución.
No obstante, no se evidenció en los expedientes ubicados en el Ministerio de Educación documentación que certificara la distribución de los bienes a los distintos centros educativos.
#Condena| Fiscalía Anticorrupción logró condena para un empresario y un exdirector del Programa de Ayuda Nacional (PAN) por el delito de peculado, relacionado a la compra de manera irregular de instrumentos musicales a través del PAN, hechos ocurridos de 2009-2014. pic.twitter.com/ObpKpqP5Mc
— Ministerio Público (@PGN_PANAMA) December 23, 2021
Además no se hizo estudio de factibilidad para establecer la necesidad de cada centro educativo, tampoco se establecieron los controles para la distribución de los activos por parte de los proveedores “y no se dio la debida capacitación para la conservación”, lo que provocó como consecuencia el deterioro de algunos de los instrumentos.
En este caso el 14 de enero de 2019 el Juzgado Quinto de Circuito Penal de Panamá se sobreseyó provisionalmente, entre otros, a Tamburelli y Carretero, con el fundamento de que no se encontraban incluidos “en el Informe de Auditoría No.035-003-2016-DINAG-DESAEDS de 12 de agosto de 2016″.
No obstante, la Fiscalía Anticorrupción de Descarga apeló esa decisión y el Segundo Tribunal Superior de Justicia el 20 de noviembre de 2019, reformó el auto impugnado y dispuso abrir causa criminal contra Tamburelli y Carretero.

