Una demanda de inconstitucionalidad contra varias frases del artículo 2 de la Ley 299 de 5 de mayo del 2022 que reconfigura los circuitos electorales para la elección de diputados, fue presentada este lunes ante la Corte Suprema de Justicia por la abogada Lorena del Carmen Navarro y el diputado de Cambio Democrático Alaín Cedeño.
La demanda presentada por Navarro sostiene que la Ley 299 de 5 de mayo de 2022 viola los artículos 147 y 163 de la Constitución y el artículo 23 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.
El recurso sostiene que la violación del artículo 147 de la Constitución se produce luego que al aprobar la Ley, el número de diputados a elegir en los circuitos electorales 8-2 (antes 8-6), 8-3 (antes 8-7), 8-4 (antes 8-8) y 8-6 (antes 8-10) en la provincia de Panamá y en los circuitos electorales 13-1 (antes 8-1) y 13-4 (antes 8-5) de la provincia de Panamá Oeste no responden a la proporción del número de electores registrados en el Padrón Electoral del año 2019, usado por el Tribunal Electoral (TE) para la presentación del proyecto de ley No 545 de 2021, que reconfiguró los circuitos electorales.
En el recurso se alega que la Asamblea Nacional desatendió lo dispuesto en el artículo 147 de la Constitución, que confiere al TE la potestad de crear los circuitos electorales, previa consulta con ese órgano del Estado.
Además, plantea que también se violó el artículo 163 de la Constitución, en el que se establece que la Asamblea Nacional no podrá aprobar leyes que violen el espíritu de la Carta Magna.

