Gobierno niega salvoconducto de salida del país a Ricardo Martinelli

Advirtió que toda acción, declaración o comunicación que realice el expresidente desde la sede diplomática y repercuta o impacte en la política doméstica de Panamá, será considerada ‘una injerencia’.

Gobierno niega salvoconducto de salida del país a Ricardo Martinelli
Martinelli se asoma desde una ventana de la embajada de Nicaragua en Panamá. Cortesía: Foco

La Cancillería informó este viernes 9 de febrero que la solicitud de salvoconducto para que Ricardo Martinelli saliera del país para asilarse en Nicaragua fue denegada.

Sustenta su decisión en el artículo 1 de la Convención sobre Asilo de 1928 y de la Convención sobre Asilo Político de 1933. Este artículo dice que no es lícito a los Estados dar asilo en “legaciones, naves de guerra, campamentos o aeronaves militares, a los inculpados de delitos comunes, que estuvieren procesados en forma o que hubieren sido condenados por tribunales ordinarios, así como tampoco a los desertores de tierra y mar”.

En este caso, Martinelli fue condenado por blanquear fondos públicos para adquirir las acciones de Editora Panamá América, S.A. (Epasa), en diciembre de 2010, en el denominado caso New Business. Esta condena, de 128 meses de prisión y el pago de una multa de $19.2 millones, fue dictada en julio pasado por la juez penal Baloísa Marquínez y ratificada por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales.

A través de un comunicado, la Cancillería explicó que la decisión de denegar la solicitud se la comunicó a la embajadora de Nicaragua en el país, Consuelo Sandoval Meza, luego de que fuera convocada al despacho superior de ese ministerio.

Agregó que durante la reunión le recordó a la embajadora de Nicaragua la obligación de garantizar que la sede de la misión diplomática a su cargo preserve las funciones que está llamada a cumplir, según la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, por lo que la misma no debe ser utilizada de manera incompatible”.

En tal sentido, advirtió Cancillería, toda acción, declaración o comunicación que realice el expresidente desde la sede diplomática y repercuta o impacte en la política doméstica de Panamá, será considerada “una injerencia en los asuntos internos de nuestro país y, por tanto, generará consecuencias diplomáticas”.

Martinelli se asiló en la embajada nicaragüense el pasado 7 de febrero tras alegar que es un perseguido político y desde entonces no han parado de llegar a sede toda clase de insumos domésticos tales como: unidades de acondicionadores de aire, televisiones, colchones, asadores de barbacoa tamaño familiar, tanques de agua y gran cantidad de comida y bebidas.

De igual forma no le han faltado las visitas diarias de sus abogados, familiares y simpatizantes políticos.

El pasado viernes 2 de febrero, la Corte Suprema de Justicia anunció que no admitió el recurso de casación contra la condena de 10 años y ocho meses de prisión, así como el pago de una multa de más de 19 millones de dólares por blanqueo de capitales, impuesta a Martinelli por el caso New Business.

Sobre el expresidente pesa una orden de impedimento de salida del país y ahora el juzgado a cargo de Marquínez deberá solicitar a la Dirección de Investigación Judicial que emita una orden de captura en su contra, toda vez que la Sala Penal ya le envió el expediente que contiene el fallo de no admisión del recurso de casación que había sido interpuesto por sus abogados para intentar anular la condena en su contra.

Nicaragua responde

En una nota enviada a Panamá, el Ministerio de Relaciones Exteriores nicaragüense aseguró que “no reconocer el asilo y negar el salvoconducto, constituye una violación a las Convenciones sobre Asilo, en particular el artículo 2, disposición tercera, de la Convención sobre Asilo de 1928, que establece claramente que el Gobierno del Estado que otorga el asilo, podrá exigir que el asilado sea puesto fuera del territorio nacional dentro del más breve plazo posible”.


Adjuntos

NOTA A PANAMÁ 9 febrero 2024.pdf




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