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La Corte no admite desacato por el presunto incumplimiento del fallo que declaró inconstitucional el contrato minero

La Corte no admite desacato por el presunto incumplimiento del fallo que declaró inconstitucional el contrato minero
Protesta de grupos sindicales contra el contrato minero, este 3 de octubre de 2023. Tomado de @SuntracsPanama

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió una queja por desacato presentada por el abogado Juan Ramón Sevillano, quien alegaba que se ha ignorado el fallo que declaró inconstitucional el Contrato Ley 9 de 1997, entre el Estado panameño (representado por el Ministerio de Comercio de Industrias) y la entonces concesionaria Minera Petaquilla, S.A., para la explotación de una concesión en Donoso.

La decisión del pleno de la Corte, que tuvo como ponente a la magistrada María Eugenia López Arias, fue adoptada el 15 de septiembre pasado, pero no fue divulgada hasta el 2 de octubre.

Sevillano, al igual que Susana Serracín, del Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), promovió la demanda contra el Contrato Ley 9 de 1997, el cual finalmente fue declarado inconstitucional en el año 2017.

El desacato estaría motivado porque pese a aquel fallo, ha continuado la operación minera en Donoso e incluso el Contrato Ley 9 declarado inconstitucional es el antecedente citado en el contrato acordado por el Mici y Minera Panamá, S.A. (filial de First Quantum), para legalizar la concesión por 20 años más, prorrogables por otros 20 años. En ese contrato, que todavía debe ser aprobado por la Asamblea Nacional (que la semana pasada lo devolvió al Ejecutivo para que se hicieran unos ajutes), la empresa compromete a entregar un aporte anual de $375 millones al Estado.

La Corte no admite desacato por el presunto incumplimiento del fallo que declaró inconstitucional el contrato minero
Edicto sobre acción de desacato promovida por Juan Ramón Sevillano.

El pasado 7 de septiembre, la CSJ se negó a recibir un incidente de desacato similar, presentado por el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción (Sutracs), la Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (Conusi) y el Frente Amplio por la Defensa de los Derechos Económicos y Sociales (Frenadeso), aduciendo que estas organizaciones no eran parte del proceso.


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