La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió un recurso de casación presentado por el exalcalde colonense Dámaso García, a fin de anular la sentencia que lo condenó a cinco años de prisión por peculado en perjuicio del Municipio de Colón.
La decisión fue adoptado el pasado 19 de febrero por las magistradas María Eugenia López Arias (ponente), Ariadne García y Maribel Cornejo, de la Sala Penal.
El recurso de casación fue presentado por Juan Carlos Galesio, abogado de García.
El 2 de septiembre de 2022, el Juzgado Liquidador de Causas Penales de la provincia de Colón dictó la sentencia condenatario contra García (que además de los 60 meses de cárcel incluye la inhabilitación para ejercer cargos públicos por cuatro años), la cual fue confirmada el 10 de agosto de 2023 por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales.
Uno de los argumentos principales de la defensa ha sido la prescripción de la acción penal. Sin embargo, durante el juicio en el que García fue condenado, no se presentó incidente alguno en ese sentido.
La condena contra García se produjo tras una investigación adelantada por la Fiscalía Anticorrupción, en la que se determinó una lesión patrimonial al Estado por $59 mil.
Esta lesión se produjo a través de la contratación de un grupo de personas a las que se les pagó sus honorarios, pero que no se presentaban a sus puestos de trabajo. Es decir, eran lo que ordinariamente se denomina “botellas”.
García, que fue alcalde de 2009 a 2014, está supuestamente alejado de la política. Su hijo, que se llama igual, es candidato a diputado en el circuito 3-1, por el Partido Popular.

