El Servicio Nacional de Migración estableció un nuevo procedimiento para la solicitud de visas de los trabajadores domésticos, antes de su ingreso al territorio nacional.
La disposición fue establecida en la Resolución 2579 del 10 de febrero de 2022 y publicada en Gaceta Oficial.
Se informó que el solicitante debe realizar el proceso por intermedio de un apoderado judicial (abogado).
Migración precisa que este poder otorgado debe estar debidamente autenticado por la embajada o consulado de Panamá en el país en que se otorgue y por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
En un comunicado de la entidad, se destaca que el registro y apertura del trámite se empezará previo al pago de los derechos por trámite migratorio y costos de carné.
De igual forma se detalla que una vez formalizada la presentación del trámite, el solicitante podrá ingresar al país y deberá acudir a las oficinas del Servicio Nacional de Migración para continuar con los trámites correspondientes.
“La presente Resolución tendrá validez para los extranjeros que sean de una nacionalidad de un Estado que mantenga acuerdo de supresión de visa con Panamá o no requiera visa”, se precisa en la Resolución.
Se plasma que en el caso de ciudadanos extranjeros de nacionalidades que requieren visa para ingresar a Panamá, deben obtener primero la aprobación de su visa, para optar por su permiso de trabajador doméstico.


