¿Por qué la Corte IDH bloquea la excarcelación de Fujimori?

El alto tribunal sostiene que liberar a Fujimori violaría los derechos humanos de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad por los que fue condenado.

¿Por qué la Corte IDH  bloquea la excarcelación de Fujimori?
Alberto Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad.

En noviembre de 1991, un “escuadrón de la muerte” del gobierno de Perú ingresó a una vivienda en la comunidad de Barrios Altos en la ciudad de Lima y ejecutó a 15 personas, incluyendo a un niño de 8 años, supuestamente por sus actividades terroristas.

En junio de 1992, ese “escuadrón de la muerte”, conocido como Colina, secuestró a 10 personas en la Universidad Nacional de Educación de La Cantuta, 9 estudiantes y un profesor que fueron ejecutados extrajudicialmente.

Por estos crímenes de lesa humanidad, el exdictador peruano Alberto Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de prisión, como autor mediato.

El 24 de diciembre de 2017, el entonces mandataraio de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, le concedió un indulto a Fujimori, que entonces tenía 79 años de edad.

El indulto fue impugnado por la familia de las víctimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, y en mayo de 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció en contra de la medida para que no se “extinga la pena” y se desconozcan los derechos de las víctimas a la justicia.

La Corte IDH recomendó otras medidas para aliviar las condiciones de la prisión, y se declaró en supervisión de lo que el Estado peruano hiciera en esta materia.

Resucita el indulto

El 17 de marzo de este año, la Corte Constitucional de Perú decidió, en un reñido empate tres a tres, con el voto favorable del presidente decidiendo la causa, concederle un habeas corpus a Alberto Fujimori para restablecer el indulto del año 2017.

Bajo una enorme presión, el gobierno del actual presidente de Perú, Pedro Castillo, manifestó su disposición de respetar la decisión del Tribunal Constitucional peruano. Ante esto, la Corte IDH se pronunció el 6 de abril indicándole a Perú que no excarcelara al exdictador, porque esto viola las normas de Derechos humanos al tratarse de crímenes de lesa humanidad, que incluyeron el secuestro y los homicidios, hasta tanto la Corte IDH no realizará una audiencia sobre el indulto solicitada por los familiares de las víctimas.

Al ser Perú un país signatario de la Convención Americana de Derechos Humanos debe acatar los fallos de la Corte IDH.

El gobierno de Perú o cualquier otro interesado podría solicitarle a la Corte IDH que reconsiderara su medida, en la audiencia fijada para este tema. Sin embargo, sería la propia Corte IDH la que tendría que cambiar su decisión para permitir la libertad del expresidente Fujimori.

Aunque usualmente los tribunales internacionales de derechos humanos favorecen la liberación de privados de libertad de edad avanzada, la jurisprudencia internacional en esta materia, en varios tribunales penales internacionales, como el de la antigua Yugoslavia y el de Ruanda, y la propia Corte IDH, han mantenido el criterio de que las amnistías, indultos o medidas similares que liberan a condenados de crímenes de lesa humanidad y extinguen la acción penal son violatorios de los derechos humanos.

El caso de la excarcelación suspendida de Alberto Fujimori es un recordatorio de que la balanza de la justicia y los derechos humanos de las víctimas son más importantes que los de los victimarios.


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