Un amparo de garantías constitucionales contra la resolución No 360 de 30 de marzo del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y que aplica restricciones a la movilidad de las personas por la epidemia de Covid-19 fue presentado ayer ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado Eugenio Paz.
El recurso que quedó radicado en el despacho del magistrado presidente de la Corte Luis Ramón Fábrega, sostiene que el decreto expedido por la ministra de salud Rosario Turner viola los artículos 27 y 38 de la Constitución, en los que se establece que toda persona puede transitar libremente por el territorio nacional y cambiar de domicilio sin más limitaciones que impongan las leyes.
Además que los habitantes tienen derecho a reunirse pacíficamente para fines lícitos y sin armas.
Paz sostiene que la ministra Turner viola directamente estos artículos, pues impide el derecho de los ciudadanos a transitar libremente, y a asistir a sus servicios religiosos.
Este es el segundo amparo de garantías presentado contra la resolución No 360 de 30 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud, el primero fue presentado por el abogado Ernesto Cedeño.
El amparo de Cedeño alega que la ministra Turner no tiene facultad para ordenar limitaciones en la movilidad y que la citada medida debió ser decretada a través de un decreto de gabinete, tal como lo establece el artículo 55 de la Constitución que faculta del Consejo de Gabinete a suspender provisionalmente alguna garantía constitucional.
Este amparo también está en manos del magistrado Luis Ramón Fábrega

