El Ministerio de Gobierno reveló la tarde de este jueves, 4 de junio, el listado de los 99 privados de libertad candidatos a ser beneficiados con la medida de libertad condicional en los próximos días.
Según el artículo No. 184 de la Constitución Política, es facultad del Presidente de la República decretar indultos, rebajas de pena y conceder la libertad condicional.
Además del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo No. 112 del Código Penal y 99 del Decreto Ejecutivo 393 de julio de 2005, que reglamenta el Sistema Penitenciario.
La libertad condicional es una medida de confianza que permite que la persona privada de libertad cumpla el resto de la pena en su domicilio, con opción para trabajar y estudiar.
Según el Ministerio de Gobierno, el reo solo estará sujeto a controles de firma cada quince días y seguimientos por parte del equipo técnico de la Dirección General del Sistema Penitenciario.
Para ser beneficiado con esta medida la persona privada de libertad debe haber cumplido las 2/3 parte de la condena, no poseer otras sanciones o penas sin cumplir, haber sido clasificado en los periodos de pre libertad o libertad vigilada, buena conducta, informe de pronóstico favorable y mostrar índice de readaptación.
Esta medida puede ser revocada o suspendida cuando el beneficiario incumple las reglas, ingresa a prisión por un nuevo delito y es condenado por hechos anteriores a la concesión de la libertad condicional.
