La cédula de identidad personal es un documento que todos los ciudadanos panameños deben portar apenas cumplen la mayoría de edad, a los 18 años. Si es menor de edad, también puede obtener una cédula juvenil.
Tienen derecho y obligación de portarla los panameños mayores de 18 años, los nacidos en el extranjero, mayores de 18 años adoptados por nacionales panameños que lo sean al momento de la adopción y los extranjeros mayores de 18 años legalmente domiciliados en Panamá.
La historia de la cédula panameña data de 1916 con el Código Administrativo, que introduce el documento de ciudadanía con fotografía para poder votar en las elecciones. Lo expedía el juzgado municipal de la residencia del elector y era válido para una elección. (Ley 1 del 22 de agosto de 1916) en la administración del Dr. Belisario Porras.
De allí ha tenido una evolución de seis modelos: el primer documento, que era una hoja en blanco y negro, la cédula “de librito”, la que tenía foto en blanco y negro, la de la foto polaroid, la del Canal, y la actual, la de la bandera.
El documento vigente debe tener la bandera panameña, los nombres y apellidos del titular, número de cédula, nombre usual, fecha y lugar de nacimiento, sexo, fecha de expedición y de expiración del documento y la firma del portador.


