SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El laberinto de Cataluña

El laberinto de Cataluña
Para que se cumplan sus planes, Puigdemont debe obtener antes de nada una autorización del juez.

Cataluña lleva inmersa varios meses en una crisis institucional y no ve la luz a final del túnel. A última hora de este sábado 27 de enero en una reunión de urgencia, los jueces del Tribunal Constitucional de España, el más alto de los órganos judiciales, permitieron por unanimidad la investidura de presidente de la Generalitat de Carles Puigdemont, pero la condicionaron a que regrese a España.

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Tribunal Constitucional de España suspende la investidura de Carles PuigdemontGobierno español recurre a la justicia para impedir que Puigdemont presida CataluñaEspaña impugnará la candidatura de PuigdemontCarles Puigdemont pide poder volver a Cataluña sin riesgo para su investidura

La sentencia llegó un día después de que la Abogacía del Estado español presentase un recurso para que se impugnara completamente la candidatura del líder independentista.

El Gobierno de Mariano Rajoy justificó esa acción legal ante la posibilidad de que ocurran “males mayores” y al argumentar que Puigdemont “ha cometido delitos muy graves”.

“Utilizamos esta prerrogativa para evitar que continúe adelante la candidatura de Puigdemont y produzca un daño irreparable”, señaló este viernes 26 de enero a este respecto la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría. Y añadió: “Tenemos el deber constitucional de hacer todo lo legalmente posible en nuestra mano para evitar que la legalidad se vulnere".

Los magistrados acordaron anular la investidura de Puigdemont –fugado desde hace dos meses de la justicia española en Bruselas– pero sólo en caso de que quiera ser erigido presidente de Cataluña a distancia. Esta resolución no vulnera el derecho que, como diputado electo, consideran que tiene a ser elegido si acude al debate de investidura. En definitiva, será legal que sea erigido presidente de Cataluña, pero no de forma telemática, como él mismo había planteado en origen.

El martes 30 de enero está prevista a las 3:00 p.m. (hora local) el debate de investidura en el Parlamento de Cataluña.



Para que se cumplan sus planes, Puigdemont debe obtener antes de nada una autorización del juez, ya que en este momento sobre él pesa una orden de detención si regresa a España.

El martes 30 de enero está prevista a las 3:00 p.m. (hora local) el debate de investidura en el Parlamento de Cataluña, pero el escenario es complejo. En el caso de que el líder independentista quedase excluido para gobernar Cataluña si no obtiene un permiso judicial, el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, debería proponer un candidato alternativo.

La única condición es que dicha persona no tenga ninguna cuestión pendiente con la justicia. Esto deja fuera de la lista a los líderes independentistas que están en prisión provisional o huidos en Bélgica.

Tampoco está clara esta vía. Si mantiene su propuesta, Torrent –que acaba de ser designado como responsable del funcionamiento de la cámara legislativa catalana– podría ser susceptible de una querella por desobediencia, pero cambiar el candidato podría significar incumplir las condiciones y los tiempos previstos en la ley catalana para la investidura.

En tanto, dejó entrever su posición. Torrent replicó al Gobierno de España que el actual candidato “cumple todos los requisitos legales y tiene absoluta legitimidad” y que la impugnación no tiene ningún fundamento jurídico. Además, tildó de “fraude de ley” el recurso para invalidar a Puigdemont y condenó sus acciones por “atentar contra los diputados, los ciudadanos y la democracia parlamentaria”.

El plazo para celebrar el debate de investidura expira el 31 de enero. Si Cataluña no tiene presidente entonces, comenzará un nuevo plazo de descuento que acabaría con nuevas elecciones.


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