México publica dos nuevas normas para regular el transporte de gas

México publica dos nuevas normas para regular el transporte de gas
Entre los cambios más relevantes se encuentra la “obligación de presentar anualmente un dictamen de operación y mantenimiento” de las Unidades de Transporte y Distribución. Imagen tomada de X

El Gobierno de México publicó este viernes dos nuevas normas oficiales de emergencia para reforzar la seguridad del transporte y la distribución de gas licuado (gas LP), luego de la explosión de un camión cisterna el pasado 10 de septiembre que dejó 31 muertos y decenas de heridos.

En un comunicado, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (Asea), órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), informó de la publicación de la NOM-EM-006-ASEA-2025, para el transporte, y la NOM-EM-007-ASEA-2025, para la distribución, ambas diseñadas para reducir riesgos a la población y proteger al medioambiente.

Los nuevos requisitos, apuntó la nota, elevan los estándares de seguridad y establecen obligaciones más estrictas para los regulados. Entre los cambios más relevantes se encuentra la “obligación de presentar anualmente un dictamen de operación y mantenimiento” de las Unidades de Transporte y Distribución, lo que permitirá asegurar su correcto funcionamiento.

También se establece la realización de “pruebas e inspecciones periódicas al recipiente de las unidades, tales como inspecciones internas y pruebas hidrostáticas”, con el fin de detectar oportunamente grietas, orificios o defectos estructurales que puedan generar fugas o fallas.

Otro punto central, indicó la Asea, es la profesionalización de los conductores, quienes deberán acreditar una “capacitación teórico-práctica mediante un estándar de competencia avalado por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.

Además, todas las unidades deberán incorporar dispositivos de control de velocidad y sistemas de geolocalización satelital (GPS) que transmitan información en línea con la regulación de la Comisión Nacional de Energía (CNE). Estas medidas permitirán fortalecer el monitoreo y control de las operaciones en tiempo real.

El comunicado explicó que el cumplimiento será gradual: las unidades de transporte, así como las de distribución con capacidad mayor a 5,000 litros y antigüedad igual o mayor a 10 años, tendrán un plazo de cuatro meses a partir de la entrada en vigor de las normas; el resto de las Unidades de Distribución deberán cumplir a lo largo de 2026 durante la vigencia de la NOM-EM-007-ASEA-2025.

La Asea dijo que la implementación de estas medidas tendrá un impacto mínimo en los costos de operación, estimado en un incremento de apenas 0.2% en el precio final al consumidor.

El jueves en la conferencia presidencial, la titular de la Sener, Luz Elena González, había adelantado que las normas se enviarían ese día al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación el viernes.

El pasado 30 de septiembre, la alcaldesa de Ciudad de México, Clara Brugada, presentó 13 medidas para regular el transporte de sustancias peligrosas en vialidades de la Ciudad de México, con el fin de garantizar que los ciudadanos transiten de forma segura en la capital.

Las propuestas abarcan temas como límites estrictos de velocidad, rutas prioritarias, carriles específicos de circulación, regulación de horarios de tránsito, permisos, requisitos y controles a vehículos que transporten este tipo de sustancias, así como multas y sanciones, entre otras.


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